Analistas 25/08/2026

Hijos contra padres. Estructuras patrimoniales

Andrés Guillén G.
Socio director Guillen & Guillen Abogados

Hace un par de semanas escribí sobre cómo es frecuente que los padres, especialmente cuando se presentan separaciones, terminan afectando y, por tanto, atacando injustamente a sus hijos. Tristemente, tampoco deja de ser poco frecuente que muchos hijos vayan contra sus padres.

Existe un marco teórico y aplicado con relativo éxito en la práctica, consagrado en tratados internacionales, la Constitución y las normas que dan una protección especial a los adultos mayores y que mucha gente desconoce, pero que se logra aplicar a nivel judicial y en las Comisarías de Familia de una forma eficaz. Adultos mayores somos todos los que hemos cumplido 60 años. Sorprende el calificativo, dado que pocos de quienes hemos llegado hasta acá nos sentimos así, con la connotación peyorativa de la palabra.

Pero en estas reflexiones no hablo solamente de la protección a los adultos mayores en los términos expresados anteriormente; me refiero a que ahora, que están de moda las estructuras de planificación patrimonial, encuentra uno que muchas veces el forjador del patrimonio de familia, sea hombre, mujer o la pareja, al montar este tipo de esquemas termina entregando, en todo o en parte, el control de sus bienes a sus hijos o familiares, lo cual considero que es un marcado error.

Las diferencias más destructivas y viscerales se presentan al interior de las familias y son las más difíciles de conciliar porque mezclan dinero, intimidad, confianza rota, resentimientos y muchas veces sacan de la naturaleza humana el lado más oscuro.

Encontramos, entre otras, fideicomisos civiles o comerciales, fundaciones, trust y sociedades que, si no cuentan con un adecuado diseño e implementación, terminan siendo un problema y contrariando el fin para el cual se constituyeron, y en las que los hijos, la familia, los beneficiarios y aun los terceros terminan atravesándose, exigiendo unos derechos y/o queriendo tener una participación o una injerencia que no les corresponde, por lo menos de momento, y abusando de su posición dentro de dichos esquemas terminan convirtiéndose en problemas que cuestan dinero, pero sobre todo tranquilidad, y que llevan a romper, de la forma más dolorosa, los vínculos familiares. Así pues, el fin mismo de todas estas estructuras se desdibuja, se tergiversa y se convierte en un obstáculo, por demás absolutamente injusto e inconveniente, para los mayores y/o para quien ha sido el forjador de dicho patrimonio.

No se trata solo de un tema de protección, de beneficios tributarios y legales, moral o ético; es más bien un asunto de una adecuada estructura jurídica que permita blindar el patrimonio y la economía de la familia, incluso en beneficio mismo de quienes terminan reclamando injustamente, pero sobre todo de permitir que los formadores de dicho patrimonio puedan estar tranquilos. Luego de cierto recorrido en la vida todos terminamos buscando tranquilidad, que es lo que considero una de las acepciones más completas de la felicidad.

Hay un dicho que dice que uno trabaja para los hijos, el cual no puede ser más falaz y equivocado. No, se trabaja para uno mismo, para procurarse tranquilidad, una vida cómoda y digna, lo cual conlleva obviamente el bienestar de la familia, pero nunca el manejo, en mi criterio, debe depender de los herederos o sucesores. Mientras las cabezas de la familia existan y estén en pleno uso de sus facultades, deben ser estas quienes detenten el control, el manejo y el destino del patrimonio familiar.

¿Trabajar, forjar un patrimonio y montar una estructura solamente para que los sucesores tengan asegurado su futuro y su tranquilidad? Un error. Llegar al punto de una planificación ha implicado toda una historia de vida, de esfuerzos silenciosos, de renuncias, de trabajo y de decisiones fuertes como para arriesgar todo esto en una malentendida planificación. La vida da vueltas inesperadas.

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