Covid-19 y la consulta previa
La consulta previa hace prácticamente imposible que la infraestructura sea el motor que permita impulsar la economía colombiana luego del duro golpe sufrido por el covid-19.
Nadie duda que la reactivación de la economía requiere del sector de la construcción. Lastimosamente la carrera que debemos correr frente a nuestros vecinos y demás países pares la tenemos perdida gracias a que nuestro marco jurídico le impone todo tipo de obstáculos a los proyectos de infraestructura y, en general, a las grandes obras de interés nacional. Y si de trabas se trata, la medalla de oro se la lleva la consulta previa establecida en nuestro ordenamiento a través de la Ley 21 de 1991.
En Colombia se han ejecutado más de 5.000 procesos de consulta previa, desde 1991. Prácticamente una consulta cada dos días. Por su parte, en Perú se han realizado 30, en Chile 38 y en Bolivia 44 consultas, países estos que tienen una población indígena muy superior a la colombiana.
Pero esas miles de consultas previas no se han traducido en obras de infraestructura. Por el contrario, centenares de proyectos muy importantes para el país se han visto paralizados gracias a la imposibilidad de darle conclusión a las consultas. Sin contar con los proyectos de infraestructura que ni siquiera inician por esta misma inseguridad jurídica.
En los casi 30 años de la Ley 21 de 1991, todavía no se han definido los pueblos que tienen derecho a ser consultados. Lo que sí es un hecho es que donde se prevea adelantar un proyecto de infraestructura nace a los pocos días una nueva comunidad afro o indígena que exige ser consultada, haciendo uso de la tutela y del sobre garantismo que ha ofrecido la Corte Constitucional.
Quienes hemos estado cerca de proyectos de infraestructura, vemos cómo los líderes de las comunidades se toman años para negociar sus condiciones, para en casos terminar solicitando efectivo y hasta televisores y electrodomésticos de todo tipo. Este abuso no puede estar avalado por el ordenamiento jurídico.
La protección, incluso, ha llegado al absurdo de revocar licencias ambientales ya otorgadas a proyectos que, según el mismo Gobierno, no debían agotar consulta previa alguna. Por ejemplo, la Corte Constitucional a través de la sentencia T-849 tumbó una licencia ambiental que tenía más de tres años de antigüedad. No puede consentirse que para lograr el cometido de proteger a las minorías, deban proferirse decisiones que, además de generar incertidumbre jurídica, sacrifican impunemente los derechos adquiridos.
De manera que a la mayoría de los colombianos se nos ha privado de gozar de una infraestructura que se compadezca con el siglo XXI gracias a la sobreprotección exagerada que nuestro ordenamiento jurídico le ha otorgado desde 1991 a las minorías.
Ha llegado la hora de que el Gobierno Nacional tome el toro por los cachos y le de prevalencia a los intereses de la Nación y a los desafíos de nuestra sociedad, justo en estos momentos del covid-19, en los que se requiere generar empleo masivo y riqueza colectiva, como los que surgen de los proyectos de infraestructura.
Por esta razón, dentro del marco de la emergencia económica, el Gobierno debe considerar, con urgencia, la conveniencia de proceder a expedir un decreto que racionalice las consultas previas y nos permita llevar a cabo los megaproyectos, cuyo aplazamiento permanente nos mantiene anclados en el siglo XIX.