Consenso y reforma a la justicia
La idea de que toda república deba ser justa no es nueva. Es milenaria, es la constancia que la especie humana ha ingresado a la civilización y esto se funda en el lenguaje y la justicia que constituyen los nexos más fuertes que unen a los hombres, tal como dice el pensador español Juan Luis Vives en su obra “El arte retórica”: “Aquellos que dijeron que los vínculos de la sociedad humana son la justicia y el lenguaje, descubrieron con claridad la fuerza del ingenio humano”.
En la mitología griega, Hermes, el mensajero de los dioses, fue encargado por Zeus para que corrigiera los desaciertos de su hermano Epimeteo, quien había sido enviado a la tierra a repartir justicia entre los humanos, pero lo hizo en forma desigual, lo que contrarió la voluntad de la divinidad suprema que exigía equivalencia porque la justicia es una relación entre los humanos en la que debe predominar cierta igualdad entre todos.
La idea de justicia es repartir lo igual en forma igual, y lo desigual en forma desigual, es una idea de equidad, como lo indica Aristóteles en su “Ética a Nicómaco”. Es que en la justicia debe haber proporción democrática.
Norberto Bobbio en su libro “Teoría general de la política” nos cita en diálogo platónico el Protágoras que dice:
“Los atenienses, como los demás, donde se trata de competencias y de las artes, estiman que pocos son capaces de dar consejos, y si uno que esta fuera de esos pocos toma la palabra no lo soportan; y, a mi parecer hacen bien. Pero cuando se trata de una deliberación política que debe ser por la vía de la justicia y de la moderación, admiten que hable quienquiera, siendo natural que sobre esta todos sean partícipes, de otra manera no existiera la ciudad”.
En este sentido, siguiendo la tradición occidental cuando se trata de una discusión sobre la justicia todo tenemos el derecho a participar, nadie puede ser excluido.
La reforma a la justicia, en rigor jurídico y político, a la administración de justicia, es un asunto que nos concierne a todos. Participar en política en condiciones de simetría es una deliberación pública que no puede quedar reducida a un acuerdo del poder ejecutivo y a una mayoría parlamentaria. Los poderes públicos, en el esquema de Estado de Derecho, están sometidos a las reglas del constituyente establecidas en la carta magna.
En consecuencia, la reforma constitucional a la administración de justicia requiere de un consenso plural y democrático, es un asunto que concierne a toda la ciudadanía y, por tanto, al constituyente primario que es la ciudadanía sobre la que reside el poder constituyente, quien tiene el derecho a participar en forma activa, por lo que se hace imprescindible crear las más amplias condiciones para la construcción de un consenso plural.
La reforma a la administración de justicia se le hace a un poder público independiente y autónomo, y nace del poder soberano que reside en el pueblo, del que surgen o se reforman los poderes públicos, lo dice nuestra Constitución Política.
La reforma a la administración de justicia tiene que tocar la forma en como el poder judicial y todos los poderes tienen presencia en el modelo de centralización del Estado y de la necesaria descentralización política y judicial de la administración de justicia. Todo debe debatirse en forma masiva. Bienvenido el proceso de construcción del consenso.