Revisando nuestra “autonomía”
Desde España escribo estas líneas con la firme convicción de que es ahora y no en otro momento que Colombia necesita una transformación en su estructura de modelo de Estado para reducir la pobreza.
Estoy en la Madre Patria con la Misión Colombia País de Regiones “Descubriendo España”, estudiando el modelo autonómico de esta Nación y haciendo comparaciones con el sistema italiano y alemán lo que ratifica lo que pienso: Colombia necesita una autonomía financiera e institucional de sus regiones para quitarse el lastre de ser unas de las naciones más desiguales del hemisferio.
Con lo anterior cobra vigor lo sucedido en el Encuentro de la Jurisdicción Constitucional organizado, en Barranquilla, por el máximo cuerpo judicial, la Corte Constitucional, cuya función es la guarda de la integridad y supremacía de la Carta Política.
El sentido plural del encuentro permitió la presentación de una variedad de opiniones acerca de cómo debe estar distribuido el poder político en el territorio de un Estado, en particular, de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho.
El tema de la autonomía de las regiones fue seleccionado por la Corte Constitucional, estimo, bajo el principio rector de la filosofía política y jurídica que sirvió de faro al nacimiento del Estado moderno, plasmado en el artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 de la República Francesa, en la que se consagró que una Nación que no tenga separación de poderes y garantía de los derechos y libertades carece de Constitución Política.
Necesariamente algunos de los conferencistas, entre los que me incluyo, tomó como fuente de reflexión política y jurídica el modelo de Estado que rige en nuestro país.
Se sometió a reflexión crítica desde la razón histórica, si la realidad del Estado de Derecho centralista, disfrazado con el rotulo de unitario, auspicia un ambiente acorde con el principio del artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789, es decir, desde el ideal de la ilustración se estudió el modelo de Estado centralista nacional. La respuesta fue que este Estado no cumple con este principio.
La primera consideración que quedó en el auditorio fue que la autonomía regional fortalece la debilitada unidad nacional y contribuye al establecimiento racional, desde la política y el derecho, de un ambiente propicio para la paz duradera.
Un Estado centralizado como el nuestro; rígido, paquidérmico y excluyente, desde la lejanía de la ciudadanía de las regiones y en la cima de un poder concentrado, adopta decisiones que afectan la vida regional que deberían ser adoptadas directamente por los cuerpos representativos de las regiones.
El poder político del Estado moderno es representativo, lo que quiere decir que la democracia moderna es representativa; los gobernantes no se representan como autoridades cuyo poder deviene de una relación distinta a la que tiene con la ciudadanía a la que representan, y en el caso de las regiones, estas autoridades públicas debe ser representativas de sus ciudadanos: Órganos representativos regionales como parlamento y ejecutivo regional deben tener competencias constitucionales propias para la administración de sus propios asuntos.
El Estado Social y Democrático de Derecho en la medida en que no promueva la democracia representativa de las regiones y el nacimiento constitucional de competencias constitucionales legislativas y ejecutivas propias para estos entes territoriales, no garantiza la separación de poderes y los derechos y las libertades de los ciudadanos de las regiones, lo que es lo mismo que poner el dedo en la llaga de que nuestro Estado centralista no cumple con rigor el postulado del artículo 16 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
El Voto Caribe, en el que más de 2.5 millones de ciudadanos de la región Caribe se pronunciaron por el derecho a la libertad política de las regiones para tener sus propias competencias constitucionales y administrar sus propios asuntos, reclama a los poderes públicos que se respete esta voluntad y que se reforme la Carta Política y se adopte el modelo de Estado de Autonomías Regionales. La jurisdicción constitucional debe acompañar este clamor ciudadano.