Blanco es, gallina lo pone…
Siempre los embajadores americanos acreditados en Bogotá se han pronunciado y presionado a los actores políticos del país de acuerdo con sus intereses, no obstante, lo que viene sucediendo en los últimos dos meses no tiene parangón. El embajador de EE.UU., Kevin Whitaker, aprovechando que el Presidente colombiano presentó objeciones por conveniencia a la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) derivada del Acuerdo de Paz, no duda en intervenir directamente en un debate, que como anotamos el pasado 21 de marzo, ya debería estar superado, pues la Corte Constitucional ya había avalado la mencionada norma.
Whitaker, no solo se pronunció, se reunió con congresistas colombianos para defender las objeciones presentadas por el Presidente. En esas reuniones, expresaba sin recato, que no entendía que la Corte Constitucional estuviera por encima del Congreso, al punto que cuando un congresista expresó que se oponía a las objeciones por considerar que había que respetar la Sentencia de la Corte, el diplomático, con una arrogancia no propia de su rol, expresó “no me venga con leguleyadas”, y exhortó al Congreso a que actuara como un poder autónomo, sin atender las decisiones de la Corte, pues esta “también podía equivocarse”. Como lo recuerda el profesor Rodrigo Uprimny, esto no deja de ser un contrasentido, pues el principio de supremacía constitucional, acompañado del control judicial de constitucionalidad por un tribunal independiente, es considerada una de las principales contribuciones de EE.UU. al constitucionalismo mundial.
De los exhortos, la Embajada americana pasó a la cancelación de la visa de uno de los congresistas de la Cámara quien reveló datos del desayuno con Whitaker, y luego que el debate de las objeciones empezará a naufragar en el Congreso de Colombia, se cancelaron las visas de tres magistrados, uno de la Corte Suprema y dos de la Constitucional. El retiro de la visa del presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema tendría relación con la negación del trámite de extradición de un indígena, requerido por las autoridades americanas por hacer transacciones de droga, y las de los magistrados de la Corte Constitucional, obedecerían a que uno de ellos ha sido clave en los debates respecto del proceso de paz, y el otro, ponente del aval que dio esta corporación a la Ley estatutaria objetada. No es de extrañar que próximamente recaiga en contra de alguno de los magistrados de la JEP, jurisdicción que tendrá que pronunciarse sobre la extradición de uno de los miembros de la cúpula de las Farc y negociador del Acuerdo de Paz. Según las resoluciones 2131 y 2625 de la Asamblea de Naciones Unidas, el Artículo 19 de la Carta de la OEA y la Sentencia de la Corte Internacional en el asunto de actividades militares y paramilitares en y contra Nicaragua, no cabe amenazar o ejecutar actos para forzar la voluntad soberana de otro Estado, sobre todo en lo relativo a asuntos políticos, económicos, sociales y culturales, sea cual fuere el motivo y los medios empleados.
Blanco es, gallina lo pone… se trata de una injerencia inaceptable que viola el principio imperativo de no intervención en asuntos internos, que no protesta nuestro Gobierno y que reconoce como un acto de “soberanía”, acaso porque le es funcional a sus intereses y porque los EE.UU. cuentan con más músculo para forzar los resultados.