Analistas 18/04/2022

¿Por qué no discutir si se pueden retirar los ahorros pensionales, como se hizo en Chile y Perú?

Guillermo Franco
Periodista consultor en medios y contenidos digitales

¿Podría el Congreso devolverles a los trabajadores el derecho de disponer de alguna forma de sus ahorros, es decir retirarlos total o parcialmente bajo determinadas condiciones, o tener mayor injerencia, poder de decisión, sobre en qué se invierte para obtener mayor rentabilidad, mayores ganancias?

La Ley 100 de 1993 les arrebató totalmente el derecho a las personas de disponer de esos ahorros y se lo entregó a un tercero que, ‘supuestamente’, era más sabio para invertir su dinero (las administradoras de los fondos privados).

‘Disponer’, en términos prácticos (tal vez no jurídicos) significa poder retirarlos total o parcialmente bajo determinadas condiciones. Disponer significa poder tener mayor injerencia, poder de decisión, sobre en qué se invierte para obtener mayor rentabilidad, mayores ganancias.

Pero la pregunta adquiere vigencia nuevamente no solo porque los efectos económicos negativos de la pandemia no han pasado (de hecho, la población en general se empobreció), sino porque, para algunos, hay mejores alternativas que los fondos para garantizar su ingreso en la vejez.

Esto coincide con las repetidas críticas sobre la baja rentabilidad de los fondos privados de pensiones. Veamos un caso real para ilustrar: un afiliado X tiene en un fondo privado un ahorro que supera los $925 millones (sumando el saldo en su cuenta y el bono pensional que, aunque le entra en los próximos meses ya se tomó en cuenta para el cálculo de la mesada pensional). Este tipo es un afortunado, pues solo uno de cada cuatro colombianos se pensiona. Por el monto de su ahorro, cualquiera podría decir que “los ricos (de los fondos) también lloran”, pero cuando se mira el monto de su pensión y situación económica, hay que pensarlo dos veces: recibe una mesada mensual, luego de los descuentos de EPS, de $2.760.000. Si el afiliado X estuviera en Colpensiones habría obtenido una pensión sensiblemente más alta, pero no podría heredar el ahorro a su familia, uno de los atractivos que lo hizo quedar en el fondo privado. Ese mismo afiliado X tiene una deuda hipotecaria cuyo saldo es $260 millones, y tiene que pagar una cuota mensual de más de $4 millones. Desde la pandemia el afiliado X vio disminuidos sus ingresos y ha estado en riesgo de no poder pagar el crédito y perder su vivienda, porque aún no se ha recuperado.

¿No tendría sentido que el legislador le permitiera retirar parte de sus ahorros para pagar esa deuda con el sistema financiero?

Ese mismo afiliado X cree, con razón, que si no le hubieran quitado el poder de decidir sobre sus propios ahorros, podría invertirlos mejor que el fondo privado.

Invocando el sentido común, pregunta: “¿con $925 millones no podría comprar al menos tres apartamentos nuevos que, arrendados, darían una renta superior al valor de la mesada mensual que recibo, con la ventaja adicional de que tengo tres activos productivos que puedo conservar (es decir, no me estoy comiendo la plata)?”. Incluso, si se le diera la oportunidad, el afiliado X cree que podría pagar el saldo de su crédito y quedar con recursos para comprar dos apartamentos para arrendar.

Pero, supuestamente, la administradora del fondo, propiedad de un banco, es más sabia para invertir su dinero, por una decisión paternalista del Estado, del legislador, que cree que los propietarios de los ahorros van irresponsablemente a salir corriendo a Ktronix a comprar televisores de 100 pulgadas o carros de lujo. Y si lo hicieran, ¿qué? Como diría el gamín al rayar con una moneda un carro: “yo hago con mi plata lo que se me da la gana”.

Claramente, ese legislador (el Congreso) podría decidir que se permitieran los retiros parciales o totales, por ejemplo, para pago de deudas con el sistema financiero o para adquirir vivienda nueva, lo que de paso reactivaría la construcción y fomentaría el empleo. Pero las razones para justificar los retiros podrían ser más amplias, una discusión que por conveniencia algunos no quieren dar en el país.

Y la razón para no quererlo hacer es obvia: saldrían afectados (por no decir, se joderían) los bancos (que ganan por comisiones y administración, y que a través de sus administradoras inciden en qué se invierte), el mercado de valores, el Gobierno, los proyectos de infraestructura. El desbarajuste de la economía sería mayúsculo. Todos ellos trabajan con los ahorros de los afiliados a los fondos de pensiones.

Que se permitiera el retiro a los ahorradores o que se decidiera que se deben pasar todos esos recursos o parte significativa de ellos a Colpensiones (como propone Petro), teóricamente, tendrían el mismo efecto que la expropiación: habría que vender las acciones baratas y desinvertir precipitadamente.

Pero se podrían conciliar los derechos de los dueños de los ahorros (los trabajadores, supuestamente) a disponer de ellos conservando su ‘función social y económica’, y sin causar un desbarajuste en la economía.

Incluso, el Congreso podría modificar las normas para recuperar o ampliar el llamado principio de solidaridad, que significa que los que tienen posibilidad de pensionarse aporten algo para aquellos que no la tienen. Algo que tiene todo el sentido del mundo. Sería políticamente incorrecto decir lo contrario en un país en el que, como se dijo previamente, sola una de cada cuatro personas se puede pensionar.

Esto se podría lograr, por ejemplo, estableciendo algún tipo de tributo, razonable, a los retiros que fuera a engordar el fondo de solidaridad ya existente.

A pesar de que, como ya se dijo, el sistema colombiano fue calcado del chileno, aquí el Congreso negó la posibilidad de retiro de esos ahorros, y el Gobierno no le hizo fuerza, incluso en los peores momentos de la pandemia.

En contraste, allá (en Chile) ya se discute la idea de permitir un cuarto retiro de 10 % para, según los promotores, “aliviar las diezmadas economías domésticas tras la crisis sanitaria”.

Los retiros aprobados hasta el momento en ese país ascienden a US$50.000 millones.

Y no se les impuso prácticamente ninguna condición para hacerlo.

En el caso peruano esos retiros ascienden a US$28.000 millones.

Frente a los casos de Perú y Chile, en junio de 2021, la Federación Internacional de Fondos Privados de Pensiones, había hecho un llamado para que no se tocaran los ahorros pensionales en América Latina, advirtiendo que los retiros reducirían el monto de las pensiones. Sin embargo, ese pronunciamiento dejaba de lado el hecho del empobrecimiento generalizado de la población.

Y el candidato presidencial Federico Gutiérrez, invocando la seguridad jurídica para los inversionistas (‘Confianza inversionista’, como diría un uribista), no a los padecimientos de la gente y su empobrecimiento, o los derechos de los ahorradores, también criticó las decisiones en Chile y Perú: “Esas decisiones han sido mal vistas por los inversionistas y por eso están sacando la plata. Colombia debe garantizar la estabilidad jurídica para que lleguen los recursos y cuidar la inversión extranjera y nacional”, dijo a La República.

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