El Estatuto Tributario compila las normas sobre la relación fiscal entre el Estado colombiano y los contribuyentes. Es muy extenso. Contiene muchos tratamientos excepcionales: determinados sectores son destinatarios de beneficios, bajo la discutible premisa de que esos beneficios aumentan el interés de posibles inversionistas.
En la realidad el capital invierte donde haya oportunidad de lucro, y la primera condición para esperar lucro es ambiente económico atractivo, a su vez producto de condiciones muy diferentes de las existentes desde hace muchos años. En lo corrido del siglo hubo tasas de crecimiento altas por el desarrollo del sector petrolero tras la creación de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, hasta la caída del precio del crudo a finales de 2014.
La economía nacional es muy cerrada, más que antes de la apertura de 1990, llena de protecciones no arancelarias, y la canasta exportadora sigue muy centrada en los fósiles. La solución no es cerrar más la economía y renunciar a los beneficios del petróleo, sino desarrollar otros sectores con potencial exportador.
Las tarifas de impuestos deben ser más o menos similares a las establecidas en otros destinos potenciales de inversión. La tarifa base para sociedades en Colombia, que paga un grupo limitado de entidades, es mucho más alta que la establecida en casi todo el mundo.
Las personas naturales de muy altos ingresos pagan una proporción muy pequeña, en buena parte porque no hay incentivo para asociarse a las perspectivas de la economía endeble sino más bien para evadir eludir y salir del país. Además, en algunos temas el país es hoy excepción: la mayoría de los sistemas fiscales grava a los hoteles y las aerolíneas con impuestos indirectos en función de los ingresos, pero Colombia establece para esas actividades impuesto al valor agregado a tasas normales.
Quizás el mayor error es el impuesto al patrimonio, establecido en no más de siete países entre los 200 del mundo. Se justifica en tono demagógico con discurso de pago de deuda social. El patrimonio es el fruto de ahorrar ingresos gravados en el pasado y pagará sobre los ingresos futuros: es inequitativo y castiga la virtud. En el caso de inmuebles, los municipios tasan los activos a su antojo para el avalúo catastral, sin considerar su capacidad de generar ingresos; la combinación de impuestos predial y patrimonial puede tener visos de la expropiación paulatina.
Sería acertado hacer una reforma tributaria de verdad, comprensiva y sintética, como la impulsada por R. Botero, ministro de Hacienda en 1974. El Estatuto debe ser breve, preciso, ajustado al contexto internacional y fácil de poner en práctica.
De otra parte, es preciso reconstruir la Dirección de Impuestos y Aduanas y, más allá, se deben revisar los procesos básicos del Estado, relacionados con hacer reglas y evaluar su cumplimiento, para que los usos en el presente tengan impacto positivo en el futuro: la participación del Estado en la economía ha crecido mucho en los últimos 40 años pero la calidad del gasto se ha deteriorado.
Se necesitan reformas articuladas para asegurar crecimiento: apertura comercial, supresión de subsidios improcedentes e impulso a la formalización. El crecimiento sostenido traería mayor capacidad fiscal; permitiría subsidiar a quienes lo requieran sin que ello sea demasiado gravoso para los demás.