Analistas 05/04/2023

Tejido empresarial, tercerización y reforma laboral

Iván Camilo Jiménez Uribe
Profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Javeriana

La estructura del empleo en Colombia se divide entre formales e informales. En el primero de los mundos trabajadores y trabajadoras tienen acceso a mecanismos de protección social de salud, pensión y riesgos laborales y en su mayoría a una serie de prerrogativas laborales producto del contrato de trabajo, sumado a la garantía de su derecho de asociación sindical. Es el mundo de cerca de 10 millones de colombianos, menos de la mitad de los ocupados y poco menos de un cuarto de la población total del país.

En el otro, el informal, donde está más de la mitad de la población ocupada y casi una tercera parte de la población del país, se encuentran las personas desprotegidas, que no tienen acceso a la protección de su vejez, que su salud depende de un modelo de subsidios y que ni se piensan el mundo de los riesgos laborales, menos tienen la garantía de constituir sindicatos que los representen

¿Las razones? Pueden ser muchas, porque en Colombia hay un modelo enfocado en el contrato de trabajo del año 1950, que no se adapta a nuestras realidades productivas, porque en Colombia ser independiente o no tener un empleador es un castigo para obtener protección social, porque hay sectores como el comercio informal o la agricultura donde la falta de empleadores es evidente y el Estado no ha respondido para la protección, porque también hay quién incumple la norma de forma dolosa y, en especial, porque el tejido empresarial que soporta el empleo es débil y no se ha trabajado por fortalecerlo.

En general, nuestras normas laborales han sido normas de nicho, construidas desde el gobierno conservador de Laureano Gómez y reformadas a parches grandes en 1965, 1990 y 2002, con algunos otros cambios en 2008, 2010, 2017 y durante la pandemia. Todas, sin embargo, casi con un común denominador, la aproximación única y exclusivamente al contrato de trabajo. De ahí, que los niveles de formalidad se mantengan casi incólumes, pues nuestras normas laborales aplican a una gran minoría del país y olvidan a otra, desconocen que el artículo 25 de nuestra Constitución exige proteger todas las modalidades de trabajo, no solo la subordinada. Y el Proyecto de Ley 367 de 2023, la reforma por el cambio, pareciera cometer el mismo error de todas sus antecesoras: vuelve a enfocar todo en el contrato de trabajo, en una visión que en varios apartes parece sesgada por vivencias particulares y aunque innovadora en algunos aspectos, se queda muy corta para entender que el país informal necesita una respuesta para empezar a formalizarse. Entender la diversidad es entender cómo replantear la reforma para que traiga un cambio positivo y eso empieza desde el entender que criticar la reforma no es una oda a la defensa del capital y que adular la reforma tampoco es una defensa férrea de los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

El tejido empresarial que soporta el empleo del país según cifras de febrero de 2023 en el Informe del Ministerio de Comercio Industria y Turismo -de este Ministerio- refleja que en el país se tienen 1.809.330 empresas activas, de las cuáles apenas se reportan 4.821 grandes empresas, 13.203 medianas empresas, 56.890 pequeñas empresas y 1.734.416 micro empresas. Los contratos de trabajo, por supuesto, se concentran mayoritariamente en las medianas y grandes empresas que son la minoría y por supuesto, no es posible meter a las pequeñas y las micro en una misma bolsa de beneficios laborales, menos, si la bolsa que queremos es la de las grandes empresas.

¿Cómo crecen las micro y pequeñas empresas? Contratando con otras más grandes y desarrollando sus propios modelos de crecimiento, así se fueron formalizando poco a poco empresas de logística, mensajería, asesoría, servicios y comercio, coordinando tejidos empresariales para poco a poco hacerlos robustos. Cada empresa con su proceso pero dentro de un tejido que le permite crecer, con autonomía y con la protección de su talento humano también. Sí, en las empresas también valoran el talento humano que les ayuda a generar ingresos. Muchos se caerían de espaldas para atrás cuando vieran la cantidad de empresarios y empresarias que se parten la espalda para ver felices a quienes trabajan con ellos.

Este tejido de micro y pequeñas empresas, donde muchas aspirarían a crecer y a construir las futuras grandes empresas del país, es el tejido al que se quiere frenar con la reforma laboral, o al menos, eso pareciera. La reforma en su artículo 12, que modifica el artículo 34 del Código Sustantivo del Trabajo y donde señala que cuando una empresa contrate a otra para el desarrollo de cualquier tipo de actividad (relativa a la principal, es decir, todas), deben tener ambas la misma estructura de pagos legales y extralegales y que además la contratante se haga solidariamente responsable de los pagos, sin necesidad de repetir contra la empresa proveedora. Si trasladamos esto a las micro y pequeñas empresas del país, les estaríamos diciendo que deben empezar a reconocer una serie de prerrogativas y beneficios para los que no han estado preparadas ni económica, ni administrativamente y que menos aún, han planeado en sus procesos de crecimiento. Si trasladamos a las grandes y medianas, es decirles que mejor no contraten con las micro y pequeñas empresas porque si estas últimas incumplen con sus trabajadores los pagos extralegales, a ellas les va a tocar pagar y no podrán repetir contra las empresas incumplidas. Es decir, la reforma bloquearía de plano muchas iniciativas empresariales y por ende, muchas alternativas de empleabilidad. Cierto es que todos queremos mejores condiciones laborales, pero también es cierto que si limitamos el número de empresas a las grandes con contrato de trabajo, lo que vamos a tener es un mundo de nicho, con unos oligopolios bien conformados en distintos sectores de la economía y con condiciones laborales excelentes pero concentradas en pocas personas, y al tiempo, una serie de micro y pequeñas empresas, con pocas posibilidades para subsistir con autonomía y pocas posibilidades de generar empleo.

Y sí, es cierto que los procesos de tercerización han sido utilizados en muchas ocasiones para desconocer derechos laborales, como el derecho de asociación o para encubrir relaciones de trabajo directas a través de intermediarios. Es un comportamiento inadecuado y debe ser sancionado y castigado con todo el poder de la ley. No es ninguna justificación para que justos paguen por pecadores y es partir de la simplificación del debate a través de la polarización de un mundo donde no cabe la diversidad: o los empresarios y empresarias son una clase social enfocada en someter a trabajadores y trabajadoras, o los trabajadores y trabajadoras unos abusivos que solo quieren más derechos y prerrogativas sin límites. Pues la realidad es que ni lo uno, ni lo otro. Muchas micro y pequeñas empresas que trabajan en modelos B2B y no B2P, requieren proveer servicios a otras más grandes para subsistir y lo hacen con sus propias estructuras y personal, plenamente independientes y especializados. También, muchas grandes empresas o medianas empresas, necesitan de otras empresas para especializar o generar eficiencias en el modelo de negocio, llegar a lugares donde directamente no pueden llegar de manera tan sencilla y permitirse no ser víctimas de rendimientos marginales decrecientes.

¿Entonces qué hacer? Pues lo primero es reflexionar, porque el mal no está en las cobijas. Es decir, la tercerización bien hecha ayuda al país y a las micro y pequeñas empresas a crecer. Hay que buscar incentivos para que la tercerización se utilice de manera adecuada, permitiendo además que las empresas tengan autonomía de sus procesos pero que su coordinación y relación no vaya en detrimento del trabajo. Para lograrlo, una simple definición de lo que es un encadenamiento productivo y una solidaridad general respecto de obligaciones laborales -sin importar si son actividades similares, conexas, complementarias- podría generar procesos de debida diligencia en aras de garantizar que las obligaciones legales se cumplan. A su vez, fortalecer los procesos de inspección para sancionar el incumplimiento, sería un apremio importante para evitar que se presenten procesos en que involucre la violación de derechos laborales.

Creo que en el mundo del trabajo debemos entender que la estructura de lucha de clases con la que nació el derecho del trabajo, ha evolucionado y que esto no es una mera discusión de capital y trabajo. Que el mundo del trabajo es diverso y así debe ampliarse y fortalecerse. Es momento de que se fortalezcan las empresas, especialmente las micro y las pequeñas, para que puedan asumir la carga laboral que les corresponde en forma adecuada y formal, también momento de fortalecer los procesos de sindicalización, y sobre todo de fortalecer las estructuras productivas y dinámicas entretejidas y construidas entre trabajadores, trabajadoras, empresarios, empresarias, organizaciones sindicales, economías populares, colaborativas y cooperativas, para lograr no solo el pleno empleo, sino el pleno empleo formal. Sucede entonces, que no todo lo que brilla es oro y por eso, la discusión trascendental hay que llevarla más allá de los extremos para construir desde la diversidad un cambio real en el país.

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Reforma laboral 2023 - Derecho al contrato de trabajo