Hoy en día cualquier persona, sin importar su nivel socioeconómico, incrementa a diario su patrimonio digital. Esta colección de activos, que empieza con nuestros datos personales, fotos, publicaciones en redes sociales, correos electrónicos y se extiende a accesos a suscripciones de servicios como Netflix o Spotify, que podría considerarse con aparente poco valor económico para terceros, está experimentando una transformación radical impulsada por la adopción y popularización de las criptomonedas.
Como pasa con las posesiones materiales, aquellos que quieran facilitarle las cosas a sus seres queridos en el momento que llegue la muerte por causas naturales, enfermedad o accidente, deberán ocuparse de determinar con anterioridad la forma en que su patrimonio digital será heredado. En plataformas como Google y Facebook, los usuarios pueden especificar de manera explícita un contacto encargado de tomar acciones póstumas como compartir la información sobre los honores funerarios o eliminar las cuentas en el momento de la muerte del titular, eso sí, sin tener acceso al historial de las conversaciones de la persona difunta o a enviar mensajes privados a su nombre. Para los muy desconfiados, existe la opción de borrar de manera definitiva toda la historia y contenidos publicados en caso de “eterna inactividad”, es decir, de muerte.
En el espacio de las criptomonedas y los activos en cadenas de bloques o “blockchain”, el tema de la herencia es mas delicado si consideramos el potencial alto valor económico de los mismos y las características relativas a privacidad, descentralización y anonimidad inherentes a este tipo de tecnologías. Excepto en los casos donde los activos estén bajo custodia de un “exchange” centralizado como Binance, Coinbase, etc., no existe una entidad central que tenga jurisdicción, los administre o gobierne y a través del cual se podría disponer de ellos post-mortem.
Una gran parte de los criptoactivos se guarda en billeteras electrónicas (siendo Metamask una de las mas populares a nivel mundial) que almacenan las llaves de encriptación asociadas a las cuentas digitales y que son necesarias para realizar transacciones. Cada cuenta digital en el mundo de “blockchain” cuenta con dos tipos de llaves: una pública, destinada a recibir fondos de terceros y una privada, que pertenece únicamente al propietario y permite la extracción de los criptoactivos contenidos en la cuenta. La llave privada es de vital importancia, porque sin ella, es técnicamente imposible lograr acceso a los activos asociados con una cuenta.
Hoy en día se sabe de muchos casos en los cuales, tras el deceso de el propietario de considerables cantidades de criptomonedas, sus herederos no han podido tener acceso a los activos. Uno de los mas sonados es el de Mircea Popescu, uno de los mayores poseedores individuales de bitcoin en el mundo, que falleció a los 41 años, en una playa de Costa Rica. Se especula que la inmensa ola que se llevó la vida del magnate rumano también arrastró consigo, guardadas probablemente en algún rincón de su memoria, las claves para acceder a mas de US$2.000 millones.
Como medida preventiva, en el caso de criptoactivos, es indispensable que el titular se encargue de realizar un respaldo de las llaves privadas, garantizando a los herederos su debido conocimiento y facultándolos en la recepción de las cantidades heredadas. De lo contrario, será imposible gestionar y efectuar la correcta repartición de los activos.