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Reversión a la reversión

Jorge Hernán Peláez

El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones , Ciadi, fue creado en 1965 por el Banco Mundial, en el marco del Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados, acuerdo que ha sido firmado y ratificado por 158 países. Es una institución que resuelve conflictos entre inversionistas y Estados. Se le considera como un foro independiente, sin filiación política que ofrece servicios de conciliación, mediación y arbitraje. El caso Ciadi No. ARB/18/3 inició enmarcado en el acuerdo entre la República de Colombia y el Reino de España para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, Appri. El Ciadi ha fallado recientemente el caso en mención condenando a Colombia, otorgando una reparación económica a su contraparte, pues consideró que se afectaron las inversiones de Telefónica en su afiliada Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P., en donde Telefónica tiene participación mayoritaria y el Estado colombiano es el accionista minoritario.

La disputa jurídica tiene una gran historia, desde los inicios de la prestación del servicio de telefonía móvil celular en nuestro país. En 1994 inician operaciones las empresas Comcel, Occel, Celcaribe, Celumovil, Celumovil de la Costa y Cocelco que se transformaron eventualmente a únicamente dos grandes: Comcel (posterior Claro) y Bellsouth (posterior Telefónica-Movistar). En 1998 las reglas de juego cambiaron con respecto a la obligación de las empresas de revertir los activos a la nación al final del contrato de concesión por la promulgación de la Ley 422 de 1998. Dicha ley dice que la reversión inicial contemplada ya no incluiría devolución de infraestructura (torres, antenas y red), sino sólo devolución de espectro.

A pesar de la ley, y luego de varios pronunciamientos de la entonces contralora Sandra Morelli, se configuró un Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Bogotá entre los operadores y el MinTIC para definir el tema. Este organismo independiente determinó en 2017 que la cláusula de reversión de activos de los contratos de concesión de telefonía móvil celular de 1994 estaba todavía vigente. Las compañías debieron pagar en ese momento $4,8 billones en conjunto. Telefónica elevó una reclamación un año después ante el Ciadi que acaba de reversar la reversa decidiendo que el Estado debe devolverle ahora $1,7 billones, una cifra igual al último año de Ebitda de la empresa. El valor de la condena incluye los intereses correspondientes y los honorarios de los abogados de la firma multinacional White & Case.

Una suma de dinero nada despreciable, en un momento del mercado en donde todos los operadores a nivel mundial advierten de la tendencia a la baja generalizada de los ingresos del sector. La nación expresó inmediatamente que se resiste a perder la batalla. La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, en colaboración con la firma Wordstone Dispute Resolution, está estudiando la posibilidad de presentar una apelación ante instancias internacionales para impugnar la decisión. Llama la atención que la decisión venga desde fuera del país, como si nuestras instituciones tuvieran otra mirada, la del avestruz con la cabeza hundida bajo tierra.

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