Una de las principales peticiones del Comité del Paro consiste en la derogatoria del Decreto 1174 de 2020, el cual reglamenta el Piso de Protección Social para los que devengan menos de un salario mínimo. Dicen defender los derechos de los más vulnerables pero atentan contra ellos sin ningún escrúpulo. Son cínicos, únicamente persiguen la defensa de sus intereses como minoría privilegiada.
Expliquemos brevemente en qué consiste el mencionado decreto. Este establece que las personas que tengan una relación laboral o de prestación de servicios de tiempo parcial y que por esa razón no devenguen un salario mínimo, deberán vincularse al programa de Piso de Protección Social que implica los siguientes beneficios: la afiliación al régimen subsidiado de salud, para quien no lo esté, en virtud del principio de acceso universal; la vinculación al programa del servicio social complementario de Beneficios Económicos Periódicos, y el acceso a un seguro inclusivo que amparará al trabajador de los riesgos derivados de la actividad laboral y de enfermedades cubiertas por los Beps.
Se pretende que el contratante de los servicios laborales aporte 15% adicional al valor del trabajo realizado con el fin de garantizar el ahorro para la vejez y el seguro inclusivo. Se creó una herramienta que reconoce la realidad de un país en el que podemos decir que uno de cada cinco adultos mayores tiene pensión. Es decir, cuatro de cada cinco no tienen ese ingreso en su etapa improductiva. Entonces, es claro que los Beps son la posibilidad para que los adultos mayores que no cumplen con los requisitos para acceder a una pensión, tengan un ingreso producto de su trabajo.
Quienes vilmente piden derogar el decreto 1174 y manifiestan que los Beps son “precarios y nunca le permitirán pensionarse a los trabajadores” como lo manifiesta Fecode, están atentando contra esa población que no va a poder acceder a pensión, hoy no tienen un empleo formal o se encuentran por fuera del mercado laboral. Están muy equivocados, los Beps son una de las herramientas para asegurar que en el mediano plazo disminuya la indigencia en nuestros ancianos y que la formalización laboral sea, más que un derecho, una exigencia de los trabajadores. El país tiene un desempleo con corte al mes de mayo de 15,6% y la informalidad asciende a 47,4%.
Alegan que con el Piso Mínimo de Protección se está legalizando el contrato por horas, desconociendo el Código Sustantivo del Trabajo y efectuando una reforma pensional por la puerta de atrás. Mienten, pues, por el contrario, se está reconociendo una realidad. En Colombia, algunos trabajan por jornal y muchos otros trabajan 15 días al mes, personas que deben tener el derecho de percibir un ingreso en su vejez y no deben ser desamparados.
Es necesario que como país discutamos una reforma pensional, pero hasta tanto ese 20% de afortunados que hoy tienen derecho a una pensión no nos lo permitan, no podemos negarle un ingreso sustitutivo a quienes no podrán acceder a ésta. Los Beps deben ser obligatorios, es más, debe analizarse si un aporte económico por parte del Estado con el fin de constituir una renta para su vejez genera mayor beneficio que una renta básica universal a quien esta en capacidad hoy de producir.
Todos los días se reitera que en Colombia se deben focalizar mejor los recursos públicos y que estos deben invertirse en quienes más lo necesitan. En este caso, sin lugar a dudas, con excepción del comité del paro, todos estamos de acuerdo en que los recursos mejor destinados serán los dirigidos a la población mayor que se encuentra en edad improductiva y que no tiene ni tendrá acceso a una pensión. Por más ruido que puedan hacer, el Piso Mínimo de Protección es una herramienta para proteger a nuestros adultos mayores y para buscar mayor formalización laboral, la cual debe defenderse, protegerse e implementarse como una política de Estado.