A partir del 13 de julio de 2022, se implementó la obligación de realizar los trámites que conforman el acuse de recibo. El acuse de recibido de las facturas electrónicas en Colombia no es más que una notificación por el cual la empresa que adquiere un producto o servicio, indica que recibió una factura electrónica en su sistema de información a través del ecosistema electrónico Radian. Pero, contrario a lo que muchos piensan, esto no es solo un trámite, es un proceso que debe realizar la empresa contratante de un tercero o proveedor: primero la empresa contratante debe generar el acusé de recibo de la factura electrónica de venta, luego realiza la aceptación de la recepción del servicio o producto, y por último la aprobación expresa.
Al realizar de forma correcta cada uno de estos pasos, las empresas tienen la garantía de practicar la deducibilidad del gasto y la procedencia de este por parte de la Dian al momento de revisar la liquidación del impuesto de renta de la sociedad. Al mismo tiempo que el IVA, de la factura que el contratante está pagando, cruza en la liquidación de este impuesto y, por último, en caso de tener una reclamación de devolución de impuestos, es procedente sobre los valores que cumplan con el acuse de recibo.
Para las empresas es imperativo entonces, realizar sobre cada factura que recibió este proceso, para así evitar que los proveedores realicen una aprobación tácita, la cual le quita los derechos y beneficios antes mencionados a las empresas contratantes.
Ahora no es menos importante la construcción colectiva empresarial frente al Radian, pues las Pyme podrán acceder a mayor liquidez inmediata de capital de trabajo y las áreas de tesorería podrán obtener un rendimiento financiero del descuento de las facturas. En síntesis, ¡todos ganamos!
La pregunta y el reto es: ¿cómo implementar los ajustes o cambios en las compañías que garantice la obtención de los beneficios de realizar el acuse de recibo?
Una de las mejores estrategias para esto, es implementar en las empresa la gestión integral de pagos a terceros, la cual consiste en apoyar estos procesos de pago, recepción e implementación del ecosistema electrónico de la Dian, apoyados en una plataforma tecnológica especializada en la gestión integral de pagos a terceros como lo es Fisapay, en donde las empresas delegan contractualmente estos procesos para que sea garantizada la captura de los beneficios, sin tener que crecer mi estructura en las áreas operativas de pagos o administrativas.
Es seguro que cada vez con el cumplimiento de este proceso tendremos a las Pyme con mayor liquidez, generando más empleo y aportando al crecimiento de la economía y su dinámica.
Dicho lo anterior entendamos de una manera simple que el acuse de recibo es el complemento de la facturación electrónica, toda transacción tiene una parte y una contraparte. La parte en este caso es quien emite la factura electrónica y la contraparte quien realiza el proceso de acuse de recibo, quien la recibe y manifiesta su satisfacción del servicio o bien adquirido. De esta manera tenemos transparencia y liberamos las posibilidades de liquidez para los propietarios de las facturas en las presentaciones de servicios, productos o insumos.