Tribuna Universitaria 28/08/2020

Expertos para otra reforma

Juan Nicolás Cortes
Abogado junior de Pinilla, González & Prieto Abogados

Mediante el Decreto 855 de 2020, el Ministerio de Hacienda, desarrollando el artículo 137 de la última reforma tributaria - Ley 2010 de 2019 - designó a cinco expertos internacionales para integrar la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios, quienes se unieron al resto de expertos nacionales, cuyo nombramiento ya había hecho la ley. De acuerdo con dicha norma, la finalidad de esta crema y nata de expertos es analizar los beneficios tributarios vigentes en Colombia, concluyendo su conveniencia y efectividad de cara a la administración y engrosamiento del erario, lo que se traducirá en la presentación de una serie de recomendaciones al Gobierno Nacional que derivarán en una nueva reforma tributaria.

Según el Director General de la Dian, los beneficios y exenciones vigentes representan un total de $92,4 billones que además, representan 8,7% del PIB del país. La idea, claro, no será eliminar todos los beneficios tributarios vigentes y convertir el sistema fiscal en uno insoportablemente gravoso, pues con esto se perdería la posibilidad de una reactivación económica inteligente, sino que, por el contrario, lo que se busca es la defensa de un sistema tributario respetuoso de la actividad económica, en el que se mantengan aquellos beneficios tributarios que permitan la consolidación de una economía estable y robusta, fomenten el empleo y el emprendimiento, y permitan alcanzar la formalización en el campo laboral, empresarial y tributario.

No obstante, una de las primeras propuestas que parecen gestarse al interior de esta Comisión es imponer mayores cargas tributarias a las personas naturales que no tengan dependientes a su cargo, comoquiera que en comparación con aquellos que sí los tienen, la capacidad contributiva de aquéllos sería superior. Esta propuesta, resulta desafortunada, pues estaría supeditando el gravamen tributario a un hecho que no es objetivo, como lo es tener o no tener hijos o dependientes a cargo y, por lo tanto, estaría permeando el sistema fiscal con condicionamientos transgresores de los principios constitucionales de equidad y progresividad en materia tributaria.

Lo que realmente debe llamar la atención de estos expertos debe ser la cultura no contributiva de los colombianos, así como la ineficiencia de la administración pública en el aprovechamiento de los recursos que recauda - tal vez con dificultad - de parte de aquellos comprometidos con el deber constitucional de contribuir, lo que dista mucho del hecho de tener o no tener hijos. Si la atención se enfoca en dichos puntos centrales, la equidad, eficiencia y progresividad tributarias, verán una aplicación real en el quehacer del sistema fiscal colombiano, y realmente el tributo en Colombia consultará la capacidad contributiva de los sujetos pasivos.

Veremos, pues, si en la próxima reforma tributaria la experticia de esta Comisión brilla por sus recomendaciones acertadas, o por su falta de análisis objetivo de la realidad económica del país.

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