El fallo de la CIJ
Si el 19 de noviembre de 2012 pasó a la historia de Colombia como el día en que el país perdió su soberanía y control sobre 75.000 kilómetros cuadrados de áreas marítimas en el Caribe (en sus límites con Nicaragua), el pasado jueves, 13 de julio, quedará como el día en que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) falló nuevamente en derecho, pero esta vez en favor de Colombia, ratificándole el control sobre lo que ya tenía desde la firma del Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928.
Los argumentos de la defensa jurídica del Estado colombiano, representado por un equipo que se replanteó con la llegada de Gustavo Petro a la presidencia del país, dieron resultado y tranquilizaron a un sector de la población colombiana en el Caribe que veía cada vez con más temor los días en que la Corte anunciaba pronunciarse.
A pesar de haberse insistido durante años en la negación del fallo de la CIJ de 2012 por parte del Gobierno nacional, la realidad es que resulta difícil omitirlo o incumplirlo. Ahora que la misma Corte ha decidido fallar para cerrar el caso entre los dos Estados, lo que conviene es analizar la manera de perfeccionar los canales diplomáticos y procurar que tanto la implementación de ese fallo, como las posibles consecuencias políticas de la sentencia de la semana anterior para el Gobierno de Ortega, puedan administrarse dentro de los cánones de la diplomacia y la negociación.
Sobre lo que determinó la CIJ en su fallo del pasado 13 de julio pueden valorarse dos aspectos sobre los demás, por considerarse de más alta relevancia al analizar sus efectos. De un lado está el tema ligado con el mensaje de tranquilidad que el fallo arrojó sobre todas las comunidades que viven de la pesca y explotación artesanal de los recursos en las áreas delimitadas y reclamadas por Nicaragua. Sin duda, con la protección de los intereses pesqueros de las poblaciones colombianas, también se está protegiendo la seguridad alimentaria y la economía de las regiones circundantes.
De otro lado está lo que podría considerarse como el punto final del litigio. Puede ahora hacerse referencia a que el fallo emitido por la CIJ la semana anterior es el que cierra el caso entre ambos Estados. Inicialmente, porque como desde 2012 Colombia denunció el Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (“Pacto de Bogotá”) de 1948, que es el que otorga a la Corte la posibilidad de tener jurisdicción sobre este tipo de demandas, entonces ya no habrá opción de recibir nuevas demandas por parte de Nicaragua.
Pero además de ello, porque la decisión ha sido categórica, indicando que lo reclamado por Nicaragua es algo sin precedentes en el derecho internacional, en tanto ha pretendido ampliar su plataforma continental a costa de la de otro Estado. Y como cereza del pastel, debe considerarse que esta decisión de la Corte es inapelable.
Finalmente, y como se empezó a mencionar en algunos círculos políticos y sociales en el país, es muy bueno para Colombia haber recibido lo que el fallo le entregó al Estado, pero eso no elimina las problemáticas que se evidencian en el día a día de las comunidades que habitan en las islas del Caribe colombiano. Hacia esas realidades debe girar la gestión y la administración gubernamental del Estado.
Al menos, tener de Viceministra de Asuntos Multilaterales a Elizabeth Taylor Jay es ya un indicador de que las cosas pueden tomar un rumbo diferente para esas comunidades.