La reforma pensional y sus oportunidades de mejora
La reforma pensional representa una significativa mejora con respecto al sistema actual. En primer lugar, pone fin a la competencia entre el régimen de prima media y el régimen de ahorro individual, un tema en el que se ha alcanzado un consenso desde hace mucho tiempo.
Por un lado, el régimen de prima media se convierte en el componente de prima media del pilar contributivo, el cual recibirá cotizaciones sobre una base de hasta 3 salarios mínimos. Por el otro, el régimen de ahorro individual se convierte en el componente de ahorro individual del pilar contributivo, recibiendo cotizaciones sobre la base de lo que exceda los 3 salarios mínimos.
Esta medida garantiza que nadie reciba un subsidio mayor al subsidio que recibe una persona que devengue 3 salarios mínimos. Además, se crea un pilar solidario para los adultos mayores en situación de pobreza y un pilar semicontributivo para aquellos que no alcancen el requisito de semanas cotizadas.
Sin embargo, la reforma presenta importantes oportunidades de mejora. Dentro de ellas hay que destacar las siguientes:
1) Disminuir el umbral a partir del cual la cotizaciones se destinan al componente de ahorro individual
En la reforma, todo el mundo cotiza al componente de prima media. En particular, todas las cotizaciones por debajo de tres salarios mínimo irán a este componente.
La pensión final es la suma de la pensión otorgada por el componente de ahorro individual y la pensión del componente de prima media. Mientras que la pensión del componente de prima media será alrededor de 65% del salario, la pensión del componente de ahorro individual podría ser de 35% del salario.
Esto significa que todos los pensionados, incluyendo aquellos que ganen más de 3 salarios mínimos, recibirán en su pensión un subsidio implícito (que sería de aproximadamente un salario mínimo para quienes ganen más de 3 salarios mínimos). Este es un subsidio muy generoso, que beneficiaría a quienes no lo necesitan.
Esto se puede corregir en buena medida reduciendo el umbral de cotizaciones a partir del cual la cotizaciones se destinan al componente de ahorro individual, por ejemplo a 2 salarios mínimos, como lo propone el Observatorio Fiscal de la Javeriana.
2) Dar pautas, restricciones y orientaciones al fondo de ahorro del pilar contributivo
La reforma pensional establece la creación del fondo de ahorro del pilar contributivo, que se nutre tanto de las cotizaciones al componente de prima media como del componente de ahorro individual. Esta medida no afecta el flujo de ahorro de la economía, lo cual había generado preocupación en un principio.
No obstante, la reforma implica que el Estado sea el encargado de administrar estos recursos, en lugar de las AFP. Por consiguiente, surge la inquietud de si los recursos del fondo serán invertidos de manera conveniente para el cotizante o para el gobierno.
Se corre el riesgo de que se invierta en exceso en TES y se deje de lado la inversión en otros activos que ayuden a aumentar el rendimiento y a reducir los riesgos. Es necesario que la ley regule de forma más precisa el régimen de inversión de este fondo para garantizar que los recursos sean invertidos de forma eficiente y en beneficio de los cotizantes.
3) Mejorar la interacción entre el pilar solidario y el pilar semicontributivo
La reforma plantea dos beneficios mutuamente excluyentes para aquellos que no cumplen con el requisito de semanas y están en el pilar semicontributivo. Uno es el auxilio del pilar solidario ($223 mil mensuales) para quienes se encuentran en situación de pobreza extrema.
El otro es el reconocimiento de un rendimiento del 4% anual por encima de la inflación a las cotizaciones al componente de prima media del pilar contributivo si no se está en condición de pobreza extrema. Sin embargo, sería más eficiente incentivar las cotizaciones mediante el reconocimiento de 4%, sin estar condicionado a la condición de pobreza extrema.
En el largo plazo, el auxilio del pilar solidario también debería estar condicionado únicamente a no haber cumplido con el requisito de semanas, y no a la condición de pobreza extrema. A cambio, el auxilio debería reducirse proporcionalmente a la renta vitalicia otorgada por el pilar semicontributivo a quienes no completan las semanas. Estas medidas, sin embargo, requerirán de mayores aportes tanto al fondo de solidaridad pensional como al fondo de ahorro del pilar contributivo para ser financiadas.
4) Redistribuir la cotización al componente de ahorro del pilar contributivo
La reforma pensional propone que 16% del salario destinado al componente de ahorro del pilar contributivo se divida en 12,5 puntos porcentuales para la cuenta de ahorro individual, 1 punto porcentual para el fondo de ahorro del pilar contributivo y 2,5 puntos porcentuales para seguros y comisiones.
Sin embargo, como ya se mencionó, la reforma implica un subsidio implícito para quienes ganan más de 3 salarios mínimos. Para contrarrestar esto, se debería destinar sólo 11,5 puntos porcentuales a la cuenta de ahorro individual (como actualmente ocurre) y 2 puntos porcentuales al fondo de ahorro del pilar contributivo.
De esta manera, se corregiría parcialmente la regresividad, se mejoraría la sostenibilidad del sistema y se financiaría la articulación entre el pilar solidario y el pilar semicontributivo mencionada anteriormente. Asimismo, se debería aumentar la contribución al fondo de solidaridad pensional a 3% sobre los salarios que excedan los 4 salarios mínimos, un punto porcentual más de lo que se sugiere en la reforma.
5) Moderación del crecimiento del salario mínimo
Por último, aunque no es objeto de discusión en la reforma, es importante destacar que la cobertura y sostenibilidad del sistema de pensiones dependerá en gran medida del crecimiento del salario mínimo. Si el salario mínimo sigue aumentando por encima de la inflación y la productividad, se fomentará la informalidad, se reducirá la cobertura pensional y los subsidios a los pocos que alcancen los requisitos para una pensión serán mayores.
Tanto el actual gobierno como los futuros gobiernos tienen la responsabilidad de moderar el crecimiento del salario mínimo para garantizar la sostenibilidad y equidad del sistema de pensiones a largo plazo.