Las IES privadas están al servicio de Colombia, no del lucro
El reciente decreto de emergencia del Gobierno colombiano (0173) que somete a tributación a las instituciones privadas de educación superior revive una narrativa que en los últimos años ha ganado espacio en el debate público: la idea de que estas instituciones son “ricas” y operan como “negocios de particulares”. Gravar a las IES privadas no es únicamente una decisión fiscal orientada a atender necesidades coyunturales del país. Es, sobre todo, una declaración política que revela una profunda incomprensión sobre la naturaleza jurídica, social y constitucional de la educación superior en Colombia. Nuestro sistema es mixto por diseño constitucional (público y privado) al servicio de un mismo bien público, el derecho fundamental a la educación.
Conviene empezar por lo esencial. La educación superior no es una mercancía. La Constitución Política de Colombia, en su artículo 67, establece con claridad que la educación es un derecho de la persona y un servicio público con función social. No es un lujo ni un privilegio, ni puede reducirse a la lógica de un bien transable. Es un pilar estructural del Estado social de derecho. Equiparar a las IES privadas con empresas cuyo fin primordial es la rentabilidad desconoce su régimen jurídico y su realidad operativa. En Colombia, las instituciones privadas de educación superior son entidades sin ánimo de lucro, al igual que las estatales. No distribuyen utilidades ni reparten dividendos. Los excedentes, cuando los hay, se reinvierten en infraestructura, investigación, bienestar estudiantil, subsidios educativos, tecnología y expansión territorial. Durante décadas las IES privadas han sido aliadas estructurales del Estado en la ampliación de cobertura, en la regionalización de la educación superior y en la formación de talento humano en territorios donde la oferta pública es insuficiente. Han atendido población de ingresos medios y bajos, han financiado matrícula mediante descuentos y apoyos internos, han invertido en acompañamiento académico para reducir la deserción y han promovido impacto social en múltiples regiones del país. Por tanto, no es justo y conceptualmente equivocado presentarlas como un conglomerado de élite desconectado de la realidad social. Las IES pueden tener activos significativos (campus, laboratorios, bibliotecas, tecnología), que están al servicio de la calidad de la educación superior y para apoyo de todo el pueblo colombiano y, al mismo tiempo, operar con márgenes operativos estrechos. Pueden manejar presupuestos grandes sin que ello implique excedentes netos extraordinarios. Por supuesto, las IES privadas deben ser transparentes y rendir cuentas, su responsabilidad debe demostrar eficiencia, calidad e impacto social medibles. Desde una visión estatal no se puede simplificar una realidad compleja confundiendo ingresos con utilidades o mejor, excedentes netos para la reinversión en el contexto nuestro.
Considero que el impacto de esta medida fiscal no recae sobre “supuestos accionistas invisibles o dueños”, sino sobre estudiantes y familias colombianas a sabiendas de que en un contexto de cambio demográfico, competencia creciente y márgenes ajustados, imponer nuevas cargas tributarias presiona las estructuras financieras ya tensionadas. La educación superior no puede convertirse en una variable de ajuste fiscal ni en un símbolo ideológico. Es un servicio público con función social, un derecho fundamental y un instrumento central de movilidad social. La paradoja es evidente: en nombre de la equidad se podría terminar reduciendo acceso, limitando inversión en calidad o encareciendo indirectamente la educación para quienes más necesitan oportunidades.