Analistas 15/07/2023

Reforma: con enfoque complementario

P. Harold Castilla Devoz
Rector General de Uniminuto

Leyendo el domingo anterior la entrevista realizada por el periodista Yamid Amat a la ministra de Educación Nacional, Aurora Vergara -respecto de una reforma a la Ley 30 de 1992 de educación superior-, me llamó poderosamente la atención su insistencia sobre el enfoque que inspira esta reforma. Me refiero a la mirada que el gobierno actual tiene de la educación superior como derecho. En dicha entrevista, se entrevé la persistencia en que la educación superior es un derecho, y sobre este espectro se enfilan los esfuerzos de sacar adelante la reforma.

Profundizando en este enfoque de derecho, debo expresar, en mi criterio, que este no es contradictorio con el enfoque de servicio público, el cual también tiene la educación superior y que, por muchos años, se ha desarrollado con el compromiso de las Instituciones de Educación Superior (IES) públicas y privadas, y que el mismo gobierno ha incentivado, a través de diferentes reglamentaciones y de programas de fomento. Insistir sólo en el enfoque de derecho puede poner en riesgo el deseo y autonomía en la decisión de los actores -estudiantes, rodeados de sus familias y también de los profesores- en la exigencia exclusiva de los derechos, que deben contrastarse, de manera responsable, con los deberes que les compete, de interesarse por su propio proceso educativo a lo largo de la vida, de esforzarse para progresar y lograr mejores condiciones de vida. En una sociedad democrática como la que queremos seguir construyendo, es fundamental hablar de derechos, pero también de deberes, para que el compromiso ciudadano sea una realidad.

La diferencia entre el enfoque de servicio y el de derecho es que el primero se basa en la satisfacción de las personas que lo experimentan, mientras que el segundo establece la obligación de cumplirlo. Hablar, entonces, de educación superior como derecho y como servicio público implica dos perspectivas diferentes, pero complementarias. Estas dos perspectivas no son mutuamente excluyentes, se enriquecen, y llevan a la educación a otro nivel, quizá al que demanda Colombia. Reconocer la educación superior como un derecho implica que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar su acceso, cobertura, permanencia y calidad, mientras que considerarla como un servicio público implica que las IES deben cumplir con altos estándares de calidad y responder a las necesidades de los estudiantes y sus entornos. Ambas perspectivas buscan asegurar que la educación superior sea inclusiva, equitativa y de calidad para todos en un círculo virtuoso de corresponsabilidad entre las personas, las familias, las instituciones educativas y la sociedad.

Mirando hacia el futuro, esperamos que la reforma contenga los elementos estructurales para que el sistema educativo superior pueda transitar, en condiciones de calidad, pertinencia y flexibilidad, en el reconocimiento y transformación de un sistema mixto, enriquecido por su diversidad. Una reforma integral de la Ley 30, en sus enfoques de derecho y servicio, es un desafío político crucial para revitalizar y modernizar el sistema de educación superior en medio de cambios estructurales en todos los ámbitos de la sociedad. Al hacerlo, podremos abordar de manera efectiva los objetivos políticos triples de mejorar el acceso y cobertura (con permanencia y graduación), la calidad, y la equidad, con inclusión.

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Derecho - Educación superior - Estado