Analistas 24/01/2016

Se necesita una ley de crowdfunding

Rodrigo Niño
CEO de Prodigy Network

“La economía mundial está rara”, es la lánguida respuesta de los expertos cuando los inversionistas piden explicaciones por los bajos retornos y la altísima volatilidad en sus portafolios. El único consenso que parece haber es que no hay rentabilidad, pero sí mucha incertidumbre. 

 Un ejemplo hipotético; si Pedro tiene un patrimonio de US$1 billón, Pablo de US$1 millón y María de US$1.000 y cada uno invierte US$1, se esperaría que tuviesen el mismo retorno por la inversión de ese mismo dólar. En la realidad, Pedro recibe retornos superiores a 22 centavos anuales por su dólar; Pablo, 8 centavos al año; y María, tan solo 2 centavos. Esto pasa porque el valor de cada dólar, depende de la cantidad de riqueza previa de cada individuo. Pedro tiene acceso a oportunidades que requieren mucho capital y que tienen buena rentabilidad. Pablo y María, a su vez, pueden invertir en lo que su bolsillo les permite obteniendo retornos mucho más bajos.

Esta es una de las causas fundamentales de la concentración de la riqueza y la consecuente falta de rentabilidad para los inversionistas pequeños y medianos. 

En Estados Unidos, por primera vez desde 1933, gracias a la evolución en la tecnología en redes sociales y a la nueva ley del JOBS Act, es posible agrupar a muchos inversionistas pequeños y medianos, de modo que accedan a las inversiones que solo podían hacer los más ricos anteriormente. Así, Pedro, Pablo y María, recibirían 22 centavos cada uno por su dólar invertido. 

Este es otro ejemplo del potencial impacto del crowdfunding: un emprendedor, experto en plantas de generación eléctrica, invierte US$600.000 en el diseño, permisos y planos para el desarrollo de una planta de biomasa, la cual permite generar energía a partir de desechos, reemplazando así materias nocivas para el medio ambiente, como el petróleo. El emprendedor, quien no tiene cómo financiar el proyecto completo, le vende su idea a un banco de inversión por un valor aproximado de US$2 millones. El banco de inversión construye la planta consiguiendo un contratista y haciendo una inversión de aproximadamente US$60 millones. Una vez terminada la construcción, en 18 meses, se vende la planta a un distribuidor de energía por US$120 millones. El distribuidor provee energía a una ciudad intermedia con 500.000 habitantes.

La ecuación en el mundo capitalista resulta en que el banco de inversión gana US$60 millones de dólares; el emprendedor US$2 millones y los 500.000 pobladores de la ciudad, pese a ser los consumidores del servicio y esenciales en la ecuación, no ganan nada. El banco concentra la ganancia por el solo hecho de haber tenido el capital, dejando con retorno bajo al emprendedor e inexistente al consumidor. Concentración de riqueza. 

Con crowdfunding, el emprendedor invita a los 500.000 habitantes de la ciudad a invertir los US$60 millones requeridos para desarrollar la planta, a cambio de la mitad de la ganancia, o sea US$30 millones. Él se queda con US$15 millones y la plataforma de crowdfunding se queda con los otros US$15 millones. Distribución de riqueza.

La población pasa de cero a ganar US$30 millones, el emprendedor de US$2 millones a US$15 millones y el banco de inversión se reemplaza por una ganancia de US$15 millones destinada a la plataforma de crowdfunding. 

Esta tecnología se puede aplicar prácticamente en todo: infraestructura, finca raíz, farmacéutica, etc. Colombia necesita una ley de crowdfunding. Y la necesita urgentemente.