El próximo 27 de noviembre cumplirá 100 años la Ley 56 de 1918, aprobada en el mandato del presidente Marco Fidel Suárez, e inspirada en el mayor hacendista de la historia nacional, Esteban Jaramillo, quien a su regreso de un viaje de estudio a los Estados Unidos la promovió en el Gobierno y en el Congreso Nacional.
Esta norma introdujo dentro de las reglas tributarias el impuesto a la renta de las personas naturales y jurídicas, es decir la tributación directa. Este tributo tuvo antecedentes al inicio de la República, como lo expresó el exministro y hacendista, Juan Camilo Restrepo, en su ensayo académico sobre la admirable gestión del Primer Ministro o Secretario de Hacienda del país, el patriota José María del Castillo y Rada. Esta preocupación de política fiscal ya había tenido valiosas expresiones en la revolución francesa en cabeza de Robespierre y en las leyes y teorías del famoso primer ministro inglés William Pitt, El Joven, a finales del siglo XVII y comienzos del siglo XIX.
Varias razones deben llevar a exaltar este centenario normativo: en primer lugar, este tributo, sin duda el de más contenido de justicia social o redistributiva, fue adoptado por Colombia en forma pionera, anticipándose a todos los países latinoamericanos, sin excepción, y al muy poco tiempo de haber sido consagrada en 1914, como normativa en los Estados Unidos. En España, decía su gran Ministro de Economía, Francisco Fernández Ordóñez, padre de la introducción en el país Ibérico del impuesto a la Renta de las personas físicas o Irpf, tan solo hace 40 años, que hasta 1978, año en el cual se hizo la gran reforma tributaria española, no existía un real impuesto a la renta en ese país. De otro lado, si bien es cierto que países como Argentina y Venezuela acogieron en 1932 y 1942, iniciativas legales del impuesto a la renta, su favorable posición económica, fruto de sus exportaciones que las relevaban de apuros fiscales no fueron exigentes en este rubro dentro de sus ingresos fiscales.
Un repaso histórico de las reglas de tributación nacionales revela como todos los gobiernos, unos con más aciertos que otros, han tenido preocupación por este impuesto, tanto en las reglas como en su recaudo y como a pesar de defectos de cobertura por una deficiente universalidad y en épocas como la actual por tener tarifas excesivamente altas para las empresas, sigue siendo, con el impuesto al valor agregado IVA, la columna vertebral de los ingresos fiscales. Debe recordarse como en siglo XIX, Colombia, al igual que todo el vecindario, tuvo como gran sostén del fisco, los muy variables ingresos de aduanas o del comercio exterior.
Esta fortaleza de la economía colombiana hace evidente la seriedad y rigor tradicional del manejo de este sector público, que le ha generado al país, en contraste con otros países latinoamericanos un marco de estabilidad macro económica, pese a las dificultades del ondulante entorno externo, que cada vez gravita más en un mundo global y a lo pequeño que sigue siendo nuestra aún cerrada economía y también a las secuelas de la casi centenaria pesadilla de un turbulento orden público interno, esperanzadoramente en vía de mejora.
Igualmente, este centenario de la gran iniciativa de Don Esteban Jaramillo, llamado “el mago” por su sabiduría reconocida por los vario pintos gobiernos a los cuales sirvió, podría servir como argumento contrario a los promotores de la creciente leyenda negra nacional, promovida por ignorancia o facilísimo y que desconoce realizaciones o virtudes del país, como la que surge de la iniciativa legal centenaria aquí mencionada y que ha proporcionado solidez a las instituciones, ha impulsado la redistribución de la riqueza nacional, aunque obviamente susceptible de ser mejorada.