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Nuevos incentivos para emisores de valores en Colombia

Sebastián Durán Méndez

A través de la Circular Externa 011 de 2025, la Superintendencia Financiera de Colombia, SFC, definió los requisitos del régimen de Emisores conocidos y Emisores recurrentes, así como los Programas de Emisión y Colocación, PEC.

El nuevo régimen es un incentivo para los emisores que participan activamente en el mercado (recurrentes) y para quienes pueden ingresar y tener una presencia relevante (conocidos).

Con el régimen de Emisores conocidos se busca generar condiciones para que empresas destacadas por sus aportes sociales, ambientales o de gobierno corporativo puedan acceder de forma ágil al mercado.

La SFC reguló un trámite especial de hasta 30 días para la inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores, Rnve, de nuevos emisores conocidos. Para ofertas públicas posteriores se contempla un plazo de 15 días para la inscripción automática de los valores.

Para acceder a estos beneficios se deben cumplir los siguientes requisitos: tener cinco años o más de constitución; realizar el trámite ágil de inscripción o ser emisor; no estar en reorganización, liquidación o equivalentes; no haber sido sancionado por infracciones a la normatividad del mercado; contar con activos iguales o superiores a 2.800.000 UVB; y no haber perdido la calidad de emisor conocido por no informar a la SFC sobre el incumplimiento de algún requisito.

Además, se debe cumplir al menos uno de los siguientes requisitos: reportar una adopción mínima de 65% del Código País o contar con políticas que contribuyan a objetivos ambientales, sociales o de gobernanza. Para esto, se debe aportar una certificación o la opinión de un tercero verificador.
Con el régimen de Emisores recurrentes se busca otorgar mejores condiciones para la emisión de valores en términos de tiempos y cargas.

La SFC reguló dos alternativas. Para las emisiones de bonos o papeles comerciales de estructura básica con prospectos simplificados, los emisores podrán realizar ofertas el día siguiente a la radicación de documentos. Para otros valores o estructuras, se podrán realizar ofertas cinco días después de la radicación.

En este caso, el régimen contempla los siguientes requisitos: estar inscrito en el Rnve; contar con tres años de antigüedad como emisor; no haber sido sancionado por infracciones a la normatividad del mercado; no haber perdido la calidad de emisor recurrente por no informar a la SFC sobre el incumplimiento de algún requisito; acreditar que ha realizado al menos tres ofertas en los últimos cinco años por un mínimo de 52.000.000 UVB. Hasta el 31 de diciembre de 2027 se podrán tener en cuenta las emisiones de los últimos ocho años.

Por su parte, los PEC permiten contar con un cupo global para realizar emisiones en distintos momentos. Los requisitos implican tener experiencia con al menos dos emisiones durante los últimos seis años y no registrar sanciones por infracciones a la normatividad del mercado. La SFC dispuso una regla transitoria que permite considerar las emisiones de los últimos ocho años.

Un conocimiento adecuado de estas normas es fundamental para que el sector productivo aproveche las alternativas de financiamiento existentes en el mercado de valores.

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