Reformando a los organismos de control
Cuando la Comisión de Gasto Público dio a conocer su reporte, a finales de 2017, Anif expresó que dicho informe se había enfocado adecuadamente en resolver problemas de gasto de mediano-largo plazo en materia de Eficiencia-Eficacia-Equidad Estatal (Ex4). Aunque no era su foco de análisis, dicha Comisión también analizó y recomendó acciones en el frente tributario para así poder asegurar la estabilidad fiscal que suponía el cumplimiento de la actual Regla Fiscal (esto sin tener que recurrir a la “contabilidad creativa” que se ha ventilado a través del Mfmp-2019), ver Informe Semanal No. 1467 de julio de 2019.
Sin embargo, también señalamos en aquel entonces que uno de los grandes temas ausentes en las recomendaciones de la Comisión tuvo que ver con el sector justicia y su articulación con los organismos de control: Fiscalía, Contraloría (CGR) y Procuraduría. Anif ha sido de la opinión de la necesidad de un profundo cambio en sus funciones y organización estatal, lo que de paso limitaría el afán burocrático partidista que tradicionalmente ha permeado dichas instituciones (ver Comentario Económico del Día 16 de agosto de 2017). Cabe recordar que esa fue la misma recomendación de la Comisión de 1997.
Ahora cursa en el Congreso el Proyecto de Acto Legislativo 355 de 2019 de Cámara de Representantes para expandir burocráticamente y asegurarle más recursos a una CGR que ha estado lejos de obtener los resultados deseados en materia de eficacia estatal. En vez de haberse instituido en Colombia los llamados “tribunales de cuentas” que operan con gran eficacia en España, en Colombia se busca expandir la nómina de la CGR (ya con más de 4.000 funcionarios) y, eventualmente, la de la Procuraduría (organismo sui-generis a nivel global con cerca de 4.200 funcionarios). Veamos esto con algún detalle.
Revisión del control fiscal. Como ya lo mencionamos, dicho control fiscal debería migrar hacia la conformación de equipos agiles inter-disciplinarios que se contratan para tareas específicas (tal como lo hacen las firmas privadas de consultoría a nivel global). Así, en un par de semanas se tiene un completo reporte sobre lo fiscalizado, el cual se entrega a la CGR y esta tomará las acciones disciplinarias del caso (obviándose la necesidad de duplicar tareas con la Procuraduría, la cual debería extinguirse).
De esta manera, las burocracias de la CGR y de la Procuraduría (aboliéndose esta última) se podrían reducir a la mitad (a unos 4.000 empleados vs. los 8.000 que hoy suman ambas instituciones). Las evaluaciones se contratan con el sector privado, a través de ese esquema de “tribunales de cuentas”, y se le entregan a la CGR para establecer las acciones judiciales que correspondan a dicho organismo. De contera, este esquema tiene el beneficio de eliminar las contralorías territoriales, fuente de burocracia y de extorsión a los mandatarios regionales (sobre lo cual parece existir algo de consenso).
Restablecimiento del control-previo. Uno de los elementos más infortunados de dicho Proyecto de Acto Legislativo tiene que ver con su intento de revivir el control-previo. Como se recordará, este mecanismo paralizaba las obras públicas y servía como elemento extorsivo para los gobiernos de turno. No en vano la mayoría de los contralores que ejercieron antes de la CP-1991 terminaron en la cárcel, tras volverse “barones-políticos”, a través de tal mecanismo de control-previo. De hecho, esto expandiría aún más los errados controles que la CGR ha venido aplicando en materia de “fiducias-públicas”, ver http://anif.co/sites/default/files/investigaciones/anif-fiducol-cgr0618.pdf. Otro caso debatido ha tenido que ver con las actuaciones de la CGR aduciendo criterios debatibles de eficiencia de la inversión (como en Reficar).
Detrimento patrimonial. La forma laxa y arbitraria en que los organismos han venido aplicando este concepto está ahuyentado a los “ciudadanos de bien”; estos ya no quieren participar en funciones públicas, por temor a terminar en la cárcel y víctimas del supuesto “detrimento patrimonial” que expropia sus ahorros de toda la vida. Esto sin que hubiera habido robo, sino por la simple aplicación de dicho criterio de forma arbitraria.
Proteger al contralor (empoderado con las funciones del procurador) del ciclo político. Este debería ser elegido por el Congreso de la República de una terna propuesta por el presidente y para ejercer por período de cuatro años, ingresando a la mitad del gobierno presidencial. El financiamiento de esa CGR continuaría siendo parte del presupuesto nacional, sin atar dichos recursos a los ingresos de la Nación (como lo propone dicho Proyecto de Acto Legislativo).