Consumo

Operadores móviles deben entregar los equipos sin más restricciones

Marcela Chaverra

Debido a que aún se siguen presentando casos en los que los celulares son entregados con `cierre de bandas`, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) reiteró a los proveedores de redes y servicios móviles que deben dar estricta aplicación a la resolución que prohibe el bloqueo de terminales móviles, implementada en septiembre del año pasado.

Para ello, la CRC solicitó información a los operadores para que indiquen las acciones que se han tomado desde cada empresa para darle la garantía de `bandas abiertas` al usuario.

"Los proveedores de servicios de comunicaciones no podrán bloquear o restringir, en ningún caso y de ninguna manera, el uso de los equipos terminales en redes distintas a las suyas", afirmó la entidad reguladora en un comunicado.

La CRC también advirtió a los operadores que, habiendo transcurrido ya un tiempo desde la introducción de la prohibición de bloqueo, en este momento ya no debe haber existencias de celulares bloqueados entregados por los fabricantes de manera previa a la expedición de esta medida y deben estarse recibiendo celulares con bandas abiertas tal cual los ofrecen los fabricantes.

Como ejemplo de este sistema, el operador Tigo, desde hace un par años optó por brindar a sus clientes la `libertad` de bandas, como una estrategia de darle independencia al consumidor. "Quisimos que nos escogieran por el servicio que prestamos y no por una cláusula que les bloquea las bandas del equipo que quieren", expresaron desde la proveedor móvil al conocer la recordación hecha por la CRC.

Finalmente, la entidad hizo un llamado de atención para que cualquier ciudadano que permanezca con algún tipo de bloqueo, puede solicitar a su operador celular la apertura de bandas sin costo ni trámite alguno.

Se abrirán las `bandas` de inmediato
En el artículo 8 de la Resolución sobre el bloqueo de los equipos móviles interpuesta por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) en septiembre del año pasado se expresa que los usuarios que a la fecha de entrada en vigencia del presente artículo cuenten con un equipo terminal activado bloqueado o restringido podrán solicitar a su proveedor de servicios de comunicaciones el desbloqueo de dichos terminales, pero según cita la norma, se hará de inmediato. "Dicha solicitud deberá ser atendida de forma inmediata por los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones, sin que medie ninguna clase de requisitos adicionales a la manifestación del usuario", confirma la Resolución 3126 de 2011.