Antioquia y Atlántico, los que tienen más comparendos por fotodetección
sábado, 17 de junio de 2017
Katherine Benítez Piñeros
Más allá de ser un tema de prevención y seguridad vial, las llamadas fotomultas se convirtieron en un negocio. Así lo señaló Wilmer Carrillo, representante a la Cámara por Norte de Santander, ponente del texto relacionado con la reglamentación e implementación de medios tecnológicos para la detección de infracciones que ya pasó a sanción presidencial.
“Lo que hicimos fue acabar con el negocio que está enriqueciendo a las concesiones, las cuales, por un punto de referencia, ubican un dispositivo para que la empresa privada capture el medio probatorio (foto) y así el organismo de tránsito emita un comparendo”, afirmó Carrillo.
Para explicar en qué consiste dicho negocio que deja altas rentabilidades a favor de los operadores privados y no a los entes territoriales, el representante Carrillo utilizó una de las infracciones más recurrentes: el exceso de velocidad.
“Si la multa cuesta $377.000, 10% va para el Simit, 25% para la CIA (Centro Integral de Atención del Infractor de Tránsito) y de ese 65% restante, 60% va para la concesión mientras que 40% para las autoridades de tránsito”, explicó. Ahora, con la nueva ley, la remuneración a las concesiones no podrá superar 10% del recaudo.
La tarea de reglamentar estará en manos del Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, las cuales tendrán 180 días a partir de la sanción presidencial para expedir la regulación pertinente. Al respecto, el viceministro de Transporte Alejandro Maya Martínez, celebró la aprobación de dicho proyecto.
“Las fotomultas van a continuar, pero con un concepto distinto: técnico, de seguridad vial y no lucrativo como se venía presentando en algunas ciudades del país”, manifestó Maya.
Así mismo, el viceministro indicó que las fotomultas tendrán que cumplir requisitos técnicos como, por ejemplo, ser instaladas en donde haya riesgo de accidentalidad vial y estar señalizadas a 500 metros, con el fin de que los conductores sepan que van a llegar a una zona con alto riesgo.
Maya también aclaró que los alcaldes que quieran utilizar esta herramienta deberán solicitar autorización al Ministerio de Transporte con base en la reglamentación que expida la entidad, y confirmó que este proyecto de ley no tiene un efecto retroactivo, es decir, no incide en los comparendos ya realizados. De igual forma, destacó que las nuevas fotomultas que se generen deberán ajustarse a los parámetros de la nueva ley.
Respecto a las concesiones que ya tienen cámaras instaladas, en la ley quedó explícito que, apenas esté lista la reglamentación, tendrán 180 días para tramitar la autorización.
Desde la perspectiva del experto en movilidad, Darío Hidalgo, esta nueva ley hace más complicado el trámite para los departamentos y los municipios porque deben pedir un concepto de MinTransporte.
“Si bien la ley va a proteger de operadores inescrupulosos, será más difícil la instalación de estos equipos de control y reducir el impacto de conductas inadecuadas”.
En relación con el procedimiento para los infractores, Carrillo explicó que la autoridad de tránsito enviará a través de correo la notificación de la posible infracción dentro de los tres días hábiles siguientes. Por tal razón hizo énfasis en que es fundamental la actualización del Registro Único Nacional de Tránsito (Runt).
Apenas recibida, tendrá 11 días hábiles para “reportarse y ejercer su derecho a la defensa”, explicó Carrillo. También agregó que “la presunta infracción tiene un año de vida y ese mismo lapso de tiempo tiene el organismo de tránsito para notificar al presunto infractor”.
La opinión
Wilmer Carrillo
Representante a la Cámara por Norte de Santander
“Con esta nueva ley estamos garantizando los derechos a un debido proceso y a la defensa a un presunto infractor”.