Laboral

Así va la reforma laboral que está a solo cuatro artículos de pasar a su tercer debate

Gráfico LR

La Plenaria de la Cámara de Representantes ya ha aprobado 69 de los 80 artículos del proyecto, pero ha eliminado otros siete

Brayan Xavier Becerra

La discusión de la reforma laboral se encuentra en su última etapa en la plenaria de la Cámara de Representantes con 95% del articulado que ya pasó el examen en esta corporación. Hoy se reanudará la discusión, en una sesión en la que podría pasar a tercer debate en el Senado.

Ya se han discutido 76 de los 80 artículos de este proyecto de ley clave para el Gobierno de Gustavo Petro. 69 fueron aprobados y otros siete se eliminaron del articulado propuesto por el Ministerio de Trabajo.

Gráfico LR

Pasadas las 11 de la noche de ayer, la plenaria de la Cámara de Representantes levantó la sesión y se reprogramó para hoy después de las 10:00 a.m. para discutir el último bloque de artículos, conformado por los postulados 60, 61, 71 y 80.

Lo que falta

Entre los artículos que quedan por discutir en la sesión de hoy está el artículo 60 que habla de la protección laboral ante la automatización de actividades, es decir, que protege los empleos que podrían ser remplazados por novedades tecnológicas como la inteligencia artificial.

También está el artículo 61 que se refiere a la protección laboral frente a procesos de descarbonización y transición energética, en caso de eliminación de empleos, para que sean reubicados o capacitados.

También faltan los artículos 71, sobre la interrupción de la prescripción, y el 80, que se refiere a la entrada en vigencia del articulado, la cual está fijada para el mismo día de su publicación en caso de ser aprobado.

Lo que se ha aprobado

En la plenaria se aprobaron artículos referentes al contrato a término indefinido y a término fijo, en este último se estipuló que será de máximo cuatro años, y que de no celebrarse un contrato escrito, se entenderá que existe una relación laboral plena.

Los contratos por labor también presentaron modificaciones, si no se cumplen con requisitos de firma de contratos, detalles de la actividad a realizar, este se convertiría en uno indefinido; además, el hecho de que sea por obra o labor no eximiría al empleador de pagar prestaciones sociales.

También, está el punto de recargo nocturno, que empezará a aplicar desde las 7:00 p.m., dos horas antes que la legislación actual (9:00 p.m.) y se incrementa a 100% las jornadas dominicales y en festivos.

El alza comenzaría a regir desde 2027, y tendrá un aumento gradual desde 2025, en este lapso se estipularía un aumento de 80%, y en 2026 el aumento sería de 90%, lo anterior representaría un incremento de 25% en 2027, ya que, en la actualidad el recarga está en 75%.

Otro punto importante tiene que ver con los artículos que van del 24 hasta el 30, sobre las normas para repartidores de apps digitales. La reforma propone que se reconozca la relación de trabajo entre los repartidores o domiciliarios que laboran en las aplicaciones digitales, y que estas plataformas les reconozcan sus derechos laborales.

Entre lo que se contempla está establecer relaciones dependientes y subordinadas entre las plataformas de domicilio y los trabajadores. También se prevé reglamentar las relaciones independientes y autónomas, las cuales no pueden incluir cláusulas de exclusividad para el desarrollo de estas actividades logísticas.

Se plantea la seguridad social de los trabajadores. En caso de que la vinculación sea dependiente, la misma empresa deberá ofrecer estas condiciones de salud y pensión al mismo nivel de los aportes actuales. En caso de que la relación sea independiente, la plataforma deberá aportar 60% de la cotización, mientras 40% restante será por parte del trabajador.

También se aprobó el artículo 56 que plantea las modalidades de teletrabajo en las que se incluyen el modelo de teletrabajo autónomo, móvil, híbrido y transnacional. El teletrabajo autónomo se describe como la modalidad donde el empleado escoge su lugar para trabajar, bien sea en su hogar, o en otro sitio fuera de la sede física de la empresa.

En la sesión de ayer se aprobaron los artículos 22 y 23, relacionados con las modificaciones al contrato laboral para los aprendices del Sena. Los estudiantes tendrán un contrato se dividirá en dos etapas: una lectiva y otra práctica, con una duración máxima de 36 meses. En la fase teórica, el aprendiz recibirá 60% de un salario mínimo, y en la fase práctica, un salario mínimo completo.

Además, las empresas que no cumplan con su cuota de aprendices, tendrán que pagar al Sena un valor mensual equivalente a 1,5 salarios mínimos por cada aprendiz no contratado.

También se aprobó la licencia de paternidad, aunque no como proponía el Gobierno. Se esperaba una ampliación de la licencia a seis, semanas pero la plenaria la redujo a cuatro. El aumento será de manera progresiva. En 2025 se extenderá a tres semanas y en 2026 llegará a cuatro semanas.

Artículos eliminados

En total se han eliminado siete artículos, tres de ellos (31, 32 y 33), relacionados a los contratos agropecuarios. El artículo 31 proponía que los contratos agropecuarios se volvieran indefinidos tras 27 semanas consecutivas de trabajo, pero fue suprimido.

Igualmente, se excluyó el “jornal agropecuario” que planteaba un pago diario con salario y prestaciones, y las condiciones mínimas de vivienda para trabajadores rurales, incluidas en el artículo 33, también quedaron fuera de la reforma.

Ayer también se eliminó el artículo 50, que permitía que, en parejas del mismo sexo, ambos pudieran decidir quién recibiría la licencia de maternidad y quién la de paternidad.

Previamente, también se había eliminado el artículo 8 que hablaba de las indemnizaciones por despidos sin justa causa.

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