Energía

Autorizan a Ecopetrol operación de manejo de deuda por hasta US$1.250 millones

Bloomberg

La operación contempla la sustitución total del crédito por US$1.200 millones tomado para comprar la participación en ISA

Juan Camilo Quiceno

Ecopetrol informó que, como parte de su estrategia de gestión integral de deuda y refinanciamiento de sus vencimientos, el Ministerio de Hacienda autorizó la ejecución de una operación de manejo de deuda, mediante la contratación de un crédito externo hasta por US$1.250 millones.

El empréstito será suscrito entre Ecopetrol y el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. New York Branch (USD 350 millones), Bank of America, N.A. (USD 350 millones), JP Morgan Chase Bank, N.A. (USD 350 millones) y Bank of China Limited - Panama Branch (USD 200 millones) en calidad de prestamistas.

El plazo del crédito será de cinco años contados a partir de la fecha de firma del contrato, pagadero en cuatro cuotas iguales y a una tasa de interés variable indexada a la tasa SOFR, en los términos previamente acordados con los prestamistas.

El citado contrato fue autorizado en el marco de una solicitud elevada por Ecopetrol para ejecutar una operación de manejo de deuda pública externa consistente en: i) la sustitución total del crédito externo por US$1.200 millones autorizado por el Ministerio de Hacienda contratado originalmente para la adquisición de la participación de Ecopetrol en Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P y ii) la sustitución parcial, por un monto de US$50 millones, del crédito externo por US$500 millones.

"Para la obtención del empréstito, la Compañía cumplió con todos los trámites y aprobaciones internas requeridas", indicó Ecopetrol.

La petrolera informó que el Ministerio de Hacienda revisó y autorizó los términos de la minuta que prevé los eventos de incumplimiento del prestatario tales como, el no pago oportuno del capital y los intereses, la eventual afectación de la capacidad de pago del prestatario, la afectación a la integridad de su información financiera, y la inobservancia de los deberes contractuales, entre otros, los cuales son de uso frecuente en transacciones de esta naturaleza. De llegar a materializarse alguno de los eventos, los prestamistas tendrían derecho a reclamar el pago de la deuda anticipadamente, según el procedimiento previsto en el contrato.

De la misma manera, la minuta del empréstito establece el derecho de Ecopetrol para repetir contra los prestamistas cuando no efectúen los desembolsos en los términos descritos en la minuta. Todo lo anterior, en atención a las disposiciones regulatorias del Estado de Nueva York.

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