Caos en la Dian por devolución del IVA por compra de vehículos eléctricos e híbridos
lunes, 28 de septiembre de 2026
El incremento en las ventas de vehículos de cero y bajas emisiones generó un represamiento en la Dian para los compradores que buscan la devolución de impuestos
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El crecimiento en la venta de vehículos eléctricos e híbridos en el país desbordó la capacidad de la Dian. Los compradores que buscan acceder a los incentivos tributarios vigentes enfrentan actualmente un sistema colapsado.
Según confirmó el abogado Julio Toro, socio de Toro Asociados a este diario, al día de hoy “no hay citas para solicitar la devolución del IVA correspondiente”. La República contactó a Andrés Felipe Velásquez, director de la entidad, para consultar sobre esta situación, pero no se obtuvo respuesta.
La congestión responde a un incremento inusual en el volumen de peticiones y al desconocimiento del trámite. La Unidad de Planeación Minero Energética, Upme, reportó que las solicitudes para estos vehículos pasaron de 19 en 2022 a 3.211 a mayo de 2026.
Toro explicó que, aunque la Ley 1715 de 2014 permite la exclusión del IVA, el procedimiento es complejo. Antes de acudir a la Dian, el comprador debe obtener el certificado de la Upme que acredite el cumplimiento de las condiciones técnicas. Solo con ese soporte se puede estructurar la solicitud de devolución del impuesto cuando el vehículo fue facturado inicialmente con IVA.
Para el especialista, el mayor reto radica en la ejecución operativa del beneficio. “El trámite se volvió masivo y, en la práctica, los contribuyentes están enfrentando dificultades para obtener citas ante la Dian para radicar las solicitudes”, sostuvo Toro. El abogado agregó que el agendamiento no muestra disponibilidad, generando una brecha entre el beneficio legal y la posibilidad real de hacerlo efectivo.
Ana María Rojas Vargas, asociada de Martínez Quintero Mendoza González Laguado & De la Rosa, señaló que el principal error es creer que el beneficio opera automáticamente.
Rojas Vargas indicó que la certificación de la Upme es indispensable y que el vehículo suele facturarse con IVA si el comprador no la tiene al momento de la venta. No obstante, la experta aclaró que el IVA pagado se puede solicitar en devolución ante la Dian como pago de lo no debido. Para esta reclamación, el usuario cuenta con un plazo de cinco años desde la expedición de la factura.
Los alivios económicos amparados en la Ley 1715 de 2014 para Gestión Eficiente de la Energía justifican la alta demanda. César Camilo Cermeño, director de la Maestría en Tributación de la Universidad de los Andes, explicó que en un vehículo de $100 millones antes de IVA, la exclusión de 5% ahorra $5 millones. Además, el comprador puede llevar como deducción en renta hasta 50% de la inversión realizada.
Cermeño detalló que para una persona con ingresos altos tributando a la tarifa máxima de 39%, la deducción representa un ahorro de $19,5 millones en renta, alcanzando un beneficio total de $24,5 millones. El académico aclaró que la Dian no devuelve la mitad del valor del carro en efectivo. En personas naturales, la medida está limitada al 40% de los ingresos netos de la cédula general, sin superar 1.340 UVT al año, equivalentes a $70,2 millones para 2026.
Sebastián Correa, socio de Serrano Martínez CMA y experto en derecho tributario, precisó que la deducción de 50% se registra en la casilla “Otras deducciones imputables” del Formulario 210. La devolución del IVA se radica ante la administración tributaria del domicilio del contribuyente. El trámite requiere el certificado de la Upme y la relación de facturas electrónicas que discriminen el impuesto.
Para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, Correa aclaró que no se exigen certificaciones firmadas por contador público o revisor fiscal. Estos ciudadanos deben presentar una relación detallada de las facturas electrónicas con prefijo, proveedor, valor e IVA pagado. Adicionalmente, deben anexar una declaración juramentada indicando que las facturas corresponden al vehículo certificado, que no han pedido devoluciones previas y que el IVA no se trató como costo ni deducción.
Rojas Vargas recomendó iniciar cuanto antes la solicitud del certificado ante la Upme y conservar la factura y demás soportes de la compra. La abogada reiteró que haber comprado el carro antes de obtener la certificación no significa haber perdido el beneficio tributario. Una vez expedido el documento, el comprador puede radicar su solicitud ante la Dian dentro de los cinco años posteriores a la fecha de la factura.
En este contexto, los expertos recomiendan iniciar el proceso con anticipación y conservar la documentación que respalda la compra. Aunque el acceso al beneficio exige cumplir con varios pasos y actualmente existen dificultades para agendar la solicitud ante la Dian, los compradores que cumplan los requisitos aún pueden reclamar el beneficio tributario dentro de los plazos establecidos.