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Con decreto de emergencia económica se pagará IVA por compras de US$50 en Shein y Temu

Gráfico LR

Desde este año, los productos adquiridos por comercio electrónico cuyo valor exceda los US$50 estarán gravados con este impuesto

Sofía Alexandra Duarte Torres

El Gobierno nacional puso en marcha un conjunto de medidas tributarias al amparo del Estado de Emergencia Económica, con base en las facultades otorgadas por el Decreto 1390 de 2025. El objetivo es obtener un recaudo cercano a $11 billones para cubrir parte de un desbalance fiscal estimado en $16,3 billones.

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El paquete tributario contempla impactos en distintos frentes de la economía pero uno de los ajustes con mayor efecto para los consumidores está relacionado con las compras internacionales por internet, es decir aquellas que se realizan por plataformas como Shein, Temu o Amazon.

Lo que se propone es que se modificará de manera sustancial el tratamiento del impuesto al valor agregado en los envíos de bajo valor provenientes del exterior, pues las compras que estén sobre los US$50 estarán gravadas con IVA (19%).

Esto resulta relevante toda vez que las cifras de la Cámara Colombiana de Comercio Electrónico, indican que las transacciones en línea crecieron 21,6% durante 2025, y el ticket promedio de compra en el país equivale justamente a US$50 o más.

Hasta ahora, las compras realizadas en plataformas digitales internacionales estaban exentas de IVA siempre que su valor no superara los US$200. Básicamente, con la nueva normativa, ese límite se reduce. Desde este año, los productos adquiridos por comercio electrónico cuyo valor exceda los US$50 estarán gravados con este impuesto.

De acuerdo con Carlos Rodríguez Vásquez, socio de Esguerra JHR y especialista en derecho tributario, "lo que pasa es que hasta hoy se manejaba la importación excluida de los US$200, hoy ya no es sino de US$50, de lo que tendrán que pagar el IVA de 19% sobre el excedente de los US$50. Eso se paga en el momento de la importación, o de la nacionalización del bien. Por lo tanto, se pagaría, dependiendo de la modalidad que se hace, es decir si se hace por envíos urgentes".

Rodríguez explicó que como la mayoría de los consumidores que compran a través de envíos urgentes, "ya no pueden tomar eso como descontable, pues todo se convierte en un mayor valor del precio del producto".

Por su parte, el exdirector de la Dian, Lisandro Junco, señaló que este recaudo nunca ha sido representativo porque es una medida que rige desde 2012, cuando el IVA era de 16%. "En su momento, se impulsó el principio de neutralidad, que era un principio de la digitalización global, y a través de ese principio se estableció ese tipo de acuerdos en donde no se iba a cobrar IVA. Posteriormente, con los tratados de libre comercio, no se cobraban aranceles".

LOS CONTRASTES

  • Carlos Rodríguez VásquezSocio de Esguerra JHR y especialista en derecho tributario

    "Lo que pasa es que hasta hoy se manejaba la importación excluida de los US$200, hoy ya no es sino de US$50, de lo que tendrán que pagar el IVA de 19% sobre el excedente de los US$50"

  • Lisandro JuncoExdirector de la Dian

    "Lo que sí es claro es que el cobro es algo de esta medida que desconoce las facultades del congreso y lo hace a través de emergencia económica, pone en aprietos a los funcionarios de la Dian, a las empresas de tráfico postal y los consumidores"

Sin embargo, sobre la medida Junco destacó que el punto clave es que el Congreso de la República, en 2024 y 2025, no aprobó ese cambio para seguir estimulando el comercio electrónico internacional. Según explicó, a través de plataformas como Shein, Amazon o similares, se podía conseguir comercio a mejor precio, es decir, que daba competitividad, oferta y mercado, libre demanda y que resultaba realmente útil para el ciudadano.

"Entonces el recaudo era ínfimo porque desde que se conoce, en 2012 no se recaudaba nada por comercio electrónico. Hace más de diez años el comercio electrónico no tenía el impulso que tiene hoy. Lo que sí es claro es que el cobro es algo de esta medida que desconoce las facultades del congreso y lo hace a través de emergencia económica, pone en aprietos a los funcionarios de la Dian, a las empresas de tráfico postal y los consumidores".

Explicó que si, por ejemplo, una persona pidió el 28 de diciembre en Amazon y el producto llegó el 5 de enero o el 6 de enero, es un producto con la nacionalización, que es un tema aduanero, debe recaudarse y pagarse el IVA. Esto lo deberá cobrar la Dian a través de las empresas de tráfico postal com FedEx, DHL, Servientrega, Deprisa o cualquier otra plataforma, es decir, que estas deben exigir el recaudo para pagársela a la Dian.

"La medida entró a regir el 29 que fue cuando se firmó el decreto, aun así se haya conocido el 31 de diciembre. Es un juego sucio, porque si uno compró antes de que la norma fuera vigente, toca pagar después de que la norma está en nuestro espectro legal o en nuestro sistema tributario. Esto obviamente va a afectar a los consumidores, al bienestar de los consumidores", concluyó Junco.

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