Laboral

Conozca cómo funcionaría el pilar semicontributivo propuesto en reforma pensional

Este pilar otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen ahorros por semanas trabajadas

Juliana Trujillo Velásquez

Esta semana se presentó en la Comisión Permanente de Políticas Laborales y Salariales el borrador del proyecto de reforma pensional que se radicaría ante el Congreso de la República el próximo 22 de marzo. En el documento se plantea un nuevo sistema que consistiría en los pilares solidario, contributivo, de ahorro individual y semicontributivo. Este último va dirigido a las personas que han cotizado aportes en Colpensiones o en las AFP, pero no cumplen los requisitos para pensionarse.

Básicamente, al Pilar semicontributivo podrán acceder tres grupos de la población; y el beneficio se trata de una renta vitalicia que varía para cada uno.

El primer grupo se trata de aquellos residentes mayores de 65 años que hayan contribuido al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, que tengan entre 150 y 1.000 semanas cotizadas y sean elegibles para el Pilar Solidario. Para su mesada, del componente de Prima Media recibirán el monto de sus cotizaciones traídas a valor presente con el IPC; y del de Ahorro Individual recibirán el monto que hayan ahorrado según el saldo de su cuenta. Este grupo de personas también recibirán la prestación correspondiente al Pilar Solidario.

Cabe resaltar que los elegibles para el Pilar Solidario son aquellos que integren el grupo de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, conforme a la focalización del Gobierno Nacional; y que acrediten residencia en el país por un periodo de mínimo 10 años, previo a la solicitud del beneficio.

El segundo grupo incluye a los residentes mayores de 65 años que hayan contribuido al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, que tengan entre 150 y 1.000 semanas cotizadas y que NO sean elegibles para el Pilar Solidario. De este segmento, del componente de Prima Media recibirán el monto de sus cotizaciones traídas a valor presente con el IPC más un aumento de 4% efectivo anual, y del de de Ahorro Individual recibirán el monto que hayan ahorrado según el saldo de su cuenta.

Finalmente, están las personas con ingresos menores a un salario mínimo legal mensual vigente (Smlmv) y que realicen aportes, por ejemplo, en los Beps. Ellos recibirían un monto menor al Smlmv correspondiente al año de otorgamiento del beneficio.

Respecto a las implicaciones que puede tener la implementación de este pilar, se genera la inquietud de como puede mantener una estabilidad fiscal en el tiempo, además de una posible reducción en la oferta laboral, según los expertos.

Javier Almanza, profesor de derecho laboral en la Universidad del Rosario, comentó que con este se "puede acelerar la forma de vinculación de permanencia, toda vez que se le estaría garantizando a la persona una asignación que el sistema no va a tener cómo financiar inicialmente. Esto puede tener implicaciones a futuro sobre la sostenibilidad fiscal, si adicional, el hecho de garantizar una renta básica automáticamente limita las opciones de la persona en la consecución de vinculaciones laborales futuros".

El experto también enfatizó sobre el posible desincentivo a la oferta en el mercado laboral. "Para los trabajadores en Colombia, sería indiferente trabajar determinado número de semanas, o llegar a tener 1.000 cotizadas, igual va a tener un ingreso correspondiente al salario mínimo; así no habrá sistema pensional viable", concluyó.

TEMAS


Reforma pensional - Ministerio de trabajo - Pensiones