Hacienda

Conozca cuáles son las nuevas disposiciones sobre tráfico postal y envíos urgentes

Bloomberg

Los envíos de menos de US$200 que ingresen bajo dicha modalidad no causan el pago de IVA, siempre que provengan de EE.UU.

Carolina Salazar Sierra

Teniendo en cuenta lo aprobado en la Ley de Inversión Social, la Dian reiteró las nuevas disposiciones sobre el tráfico postal y los envíos urgentes, que establecen que los envíos de menos de US$200, que ingresen bajo dicha modalidad, no causan el pago del IVA, siempre que estos provengan de Estados Unidos y que no se trate de mercancías con fines comerciales.

Sobre el pago de tributos aduaneros, se debe tener en cuenta que todos los envíos deben pagar un arancel de 10%, así como 19% de IVA, si son clasificados por la subpartida general de la modalidad.

Dentro de las excepciones para el pago de impuestos están los envíos por un valor igual o inferior a US$200, a los que no se les aplicará el gravamen arancelario.

“Los envíos que lleguen al territorio aduanero nacional por la red oficial de correo y los envíos urgentes que ingresen al país bajo la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, cuyo valor FOB sea igual o inferior a US$200, sin incluir los gastos de entrega, no estarán sujetos al pago del gravamen arancelario correspondiente a la subpartida arancelaria especifica de la mercancía o a las subpartidas arancelarias 98.07.10.00.00 o 98.07.20.00.00 del arancel de aduanas.", se establece en el Decreto 1090 de 2020.

Además, los envíos con valor igual o inferior a US$200, procedentes de los países con los que Colombia tenga tratados de libre comercio en los que se especifique la excepción del cobro del IVA, no tendrán que pagar el gravamen. Actualmente solo se aplica para el TLC con Estados Unidos.

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