Conozca las razones por las que subió el pago de su declaración de renta este año
martes, 18 de septiembre de 2018
La tributaria de 2016 limitó a 40% el tope máximo que los contribuyentes pueden deducir.
Noelia Cigüenza Riaño
En las últimas semanas, más de un contribuyente se ha llevado una sorpresa al descubrir que el valor que debía pagar este año en su declaración de renta se ha multiplicado o, en algunos casos, hasta triplicado respecto al impuesto a cargo que tuvo que desembolsar tan solo un año antes.
Y es que son numerosas las personas, la mayoría de ellas trabajadores que solo reciben ingresos por concepto de salarios, los que de tener un saldo a favor pasaron a pagar varios cientos de miles o hasta millones de pesos por el año gravable 2017. “El año pasado, me salió un saldo a favor de $300.000; sin embargo, en este he tenido que pagar $650.000 sin que mi patrimonio o salario hayan crecido de manera significativa”, afirmó a LR un contribuyente profesional afectado.
La razón de estos aumentos se deriva de los cambios introducidos en la Tributaria de 2016, la cual no solo limitó las rentas exentas y las deducciones sino que también introdujo un nuevo sistema de renta cedular en el que los ingresos se depuran de acuerdo con su origen.
“No solo debemos aplicar el sistema de depuración de cada cédula independiente, sino que también debemos aplicar límites globales a la renta exenta y deducciones. Por ejemplo, en la laboral, el monto total resultante entre rentas exentas y deducciones no podrán superar 40% del ingreso neto. Es decir, en muchos casos deberemos desestimar la aplicación de algún beneficio que anteriormente tomábamos”, aseguró Rafael Lafont, asociado del Área Tributaria de Holland & Knight.
Recordemos que en esta cédula se pueden llegar a deducir los aportes obligatorios y voluntarios a salud y pensión, los aportes a cuentas AFC (Ahorro para el Fomento de la Construcción) o la medicina prepagada, entre otros.
Para explicarlo en detalle, el profesor de Contaduría Pública de la Universidad Piloto de Colombia Luis Germán Zamora Alejo, puso el ejemplo de una persona natural empleada que devenga durante 2017 un total de ingresos laborales por $112 millones, que tiene un hijo menor de edad a su cargo, que paga un plan de medicina prepagada por él, su esposa y hasta dos hijos por $4,5 millones, y que además tiene un crédito hipotecario cuyo monto en interés pagados sumaba $18,8 millones, y que le descontaron por retención en la fuente $5 millones.
De acuerdo con el docente, al liquidar el trabajador su impuesto por la cédula de ingresos laborales, le genera un impuesto neto de renta de $6,2 millones sobre los cuales se puede descontar la retención en la fuente de $5 millones generando un valor a pagar de $1,2 millones.
“Con las normas anteriores, le generaría un valor a pagar menor; de pagar $181.000 en 2016 pasó a desembolsar $1,2 millones en 2017. Es decir, en este caso debe cancelar un valor adicional de $1,1 millón en 2017”, calculó Zamora.
Aparte de los topes en los ingresos laborales, el monto máximo a deducir en las rentas no laborales es de 10%; en las de capital de otro 10%; y por concepto de pensiones sí se puede hasta 100%.
Sin embargo, en lo que respecta a las rentas de dividendos y participaciones, estas no admiten ninguna depuración. “Los dividendos y participaciones percibidos por las personas naturales residentes estarán gravados con una tarifa progresiva de 0%, 5% o 10%, según los montos de dividendos obtenidos”, indicó Carolina Acuña, senior manager de Tax & Legal de Deloitte.
No obstante, el aumento en la carga tributaria no solo se debe a estos límites sino que también se vio afectado este año por variables como el gravamen directo de las cesantías. “La Tributaria indicó que se deben incorporar como ingresos los valores consignados por los patronos a los fondos de cesantías con lo cual generan un mayor valor de ingreso laboral y, por supuesto, una mayor base imponible”, aseguró Zamora.
Finalmente, algunos contribuyentes también se vieron afectados por el cambio en el cálculo para la rentención en la fuente. Según explica Lafont, anteriormente se tomaban los ingresos mensuales gravados, se restaban las deducciones y las rentas exentas.
“Este valor como renta líquida única la comparábamos con la tarifa mínima del artículo 384 y se tributaba por la mayor entre estos dos sistemas. Hoy en día, deberá tomarse todos las deducciones y rentas exentas y verificar que estas no excedan de 40% del ingreso neto y no habrá lugar a la comparación con la retención mínima”, indicó el experto tributario de Holland & Knight.
Estos son los grupos más afectados
Si bien los empleados son el grupo que más se ha visto afectado por estos topes máximos, destaca el caso puntual de los maestros que antes llegaban a deducir un valor superior a ese 40% o los asalariados, que además de ser trabajadores, desarrollan actividades independientes pues deberán declarar sus ingresos en una cédula diferente.
En concreto, según Lafont, el grupo de trabajadores más afectado será aquel que obtenga ingresos entre $5 y $15 millones, “quienes ya han visto un incremento en su impuesto a pagar entre 108% y 190% aunado a la limitación de los beneficios”, dijo.