Consejo de Estado tumbó el decreto que buscaba implementar la reforma a la salud
viernes, 24 de octubre de 2025
El alto tribunal ordenó la suspensión, aunque de manera provisional, del decreto 0858 que fue expedido el 30 de julio de 2025
Manuel Alejandro Correa
El Consejo de Estado tumbó el decreto del Gobierno Nacional que buscaba implementar temáticas relacionadas con la reforma a la salud por esta vía.
El alto tribunal ordenó la suspensión, aunque de manera provisional, del decreto 0858 expedido el 30 de julio de 2025, con el cual el Ministerio de Salud pretendía poner en marcha su modelo de atención, definido como preventivo, predictivo y resolutivo.
La decisión fue adoptada por la Sección Primera del Consejo de Estado, que concluyó que el decreto excedió la potestad reglamentaria del Ejecutivo y vulneró el principio de reserva de ley. Según el tribunal, el Gobierno no puede regular aspectos estructurales del sistema de salud mediante decreto, ya que, esta competencia corresponde al Congreso de la República.
La acción judicial fue interpuesta por el representante a la Cámara del Centro Democrático, Andrés Forero, quien celebró el fallo.
“El presidente Petro y el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, acaban de sufrir un durísimo revés. El Consejo de Estado ha otorgado las medidas cautelares que le habíamos solicitado y ha declarado la suspensión provisional del decreto 0858 de 2025 del Ministerio de Salud, que en la práctica era la implementación por la puerta de atrás, vía decretazos, saltándose al Congreso de la República, de la inconveniente reforma a la salud. Esta es una gran noticia para Colombia, y los colombianos pueden estar seguros de que vamos a seguir defendiendo su salud, por más que el ministro y el Gobierno traten de intimidarnos”, aseguró Forero.
El congresista también señaló que el Ejecutivo, a través del decreto, intentó transformar las instituciones y crear nuevas facultades en el sistema, competencias que le corresponden al Congreso, y que además implicaban cambios estructurales en el mismo.
El Consejo de Estado expresó que la Constitución establece los mecanismos para la seguridad social y la salud como derechos y servicios públicos, y enfatizó que la Corte Constitucional ha sido clara en que es el Congreso el que debe regular la prestación del servicio de salud y determinar el papel de las entidades públicas y privadas, con el fin de garantizar este derecho.
Respecto a las medidas de territorialización de la reforma a la salud, con las cuales el Gobierno busca fortalecer el sistema en las regiones, según lo ha expuesto en los proyectos presentados al Congreso, el tribunal advirtió que estas implican nuevas competencias que también exceden los límites de la potestad reglamentaria del Ejecutivo.
De qué se trataba el decreto
En el decreto se estableció que la financiación saldría de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres, sumados a los del Sistema General de Participaciones y el Presupuesto. Así se materializaba una de las metas de la reforma: sumar responsabilidades financieras a la Adres.
Estas capacidades establecidas en el proyecto que adelanta su trámite en el Senado, significan que la organización se encargaría directamente de los pagos y que se establecería un Fondo Único de Salud bajo su control. De haberse concretado esa transformación, la Adres se encargará de realizar 350.000 transacciones anuales y a manejar recursos por $90 billones al año.
El decreto, por su parte, aplicaba en todo el país e involucrará a entidades del orden distrital como departamental, así como a prestadores de servicios de salud, públicos, privados o mixtos. También cobijaba a las Entidades Promotoras de Salud, EPS; proveedores de tecnologías; Superintendencia; al Sistema General de Seguridad Social; Adres; y al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima.
La medida incorporó puntos en los que se intentó avanzar en la reforma a la salud. Se señaló que el ministerio será el ente rector; mientras que, en el ámbito territorial, eran los departamentos y municipios quienes asumirán el liderazgo.
Hay que recordar que uno de los principios clave de dicha reforma es la territorialización del sistema. El Gobierno considera imperante que el proceso esté orientado a identificar las condiciones en una región para poner en marcha el nuevo modelo. A esto se suma que las autoridades del orden departamental y municipal estructuraren esquemas de atención predictiva para garantizar el acceso.
En el decreto, el Gobierno anunció la creación de las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud, las cuales estarían conformadas por entidades departamentales y distritales. Su objetivo sería garantizar la calidad, la equidad y la continuidad en la prestación de los servicios.
Estas redes estarían integradas por un nivel primario compuesto por IPS públicas, privadas y mixtas, así como por los Centros de Atención Primaria en Salud, conocidos como Caps, que se integrarán progresivamente. También se involucraron actores involucrados en el transporte de pacientes.
El nivel complementario de la Red Integrada Territorial integró los servicios de salud de mediana y alta complejidad, así como talento humano. De acuerdo con el decreto, este nivel hubiese actuado en articulación con las redes regionales y nacionales cuando sea requerido, lo que permitiría garantizar la interconexión entre diferentes actores.
Uno de los elementos destacados en el decreto eran precisamente los Caps, ya contemplados en la reforma. En este punto, se establece que las IPS, tanto públicas como privadas, deberían organizarse bajo esta figura y centrarse a consolidar un enfoque preventivo.