Economía

Corte ordena entregar ayudas a desplazados sin necesidad de cédula

Colprensa

La Corte Constitucional instó a la Defensoría del Pueblo y a la Registraduría General de la Nación para que de diseñen e implementen las medidas necesarias para garantizar a la población víctima del desplazamiento forzado la entrega oportuna de la cédula de ciudadanía.

Al fallar una tutela, la Corte tomó tal medida luego de examinar varios casos de víctimas  a quienes les fueron negadas por el  Banco Agrario la ayuda humanitaria a que tienen derecho por no presentar la cédula de ciudadanía original al momento del retiro del giro.
La Corte ordenó el pago inmediato a dichas personas y ordenó que se creen “protocolos de seguridad alternativos para que, siempre que el trámite de expedición del documento exceda un mes de duración, se efectúe la entrega del dinero correspondiente, en condiciones de seguridad".
De hecho, la Corte previno al Banco Agrario para no vuelva a negar los pagos de ayuda humanitaria de emergencia cuando, con ayuda de otros documentos, se tenga “suficiente prueba de su identidad”.
Para la Corporación, en los casos concretos, bastaba la contraseña y el certificado de vigencia para que el Banco hiciera un análisis que determinara si se podía acreditar o no la identidad.
Y señaló: “era deber de la entidad informar al solicitante sobre otros instrumentos y documentos que podía aportar junto con la contraseña, para que se pudiera realizar el análisis de riesgos y seguridad, y determinar, después de dicho estudio, si se cumplia con el requisito de la acreditación de la personalidad".