Economía

Corte suspende Gasoducto Loop San Mateo-Mamonal en Bolívar

Colprensa

Esto tras comprobar que no se cumplió el proceso de consulta previa a las comunidades de Ma-Majari del Níspero, de Flamenco y Pasacaballo adyacentes a la zona. 

La Corte dispuso que el Ministerio del Interior y Promigas S.A. E.S.P., deben iniciar la consulta de manera tal que permita establecer los efectos de la construcción y dicho trámite solo será constitucionalmente válido si tiene en cuenta el consentimiento previo, libre e informado del Consejo Comunitario de Pasacaballo, de cara a la intervención asociada a las obras del gasoducto. 

“En igual medida se precisa que el proceso de consulta adelantado solo será constitucionalmente válido si tiene en cuenta el consentimiento previo, libre e informado del Consejo Comunitario de Pasacaballo de cara a la intervención asociada a las obras del gasoducto. El proceso consultivo no podrá asimilarse a trámites administrativos o reuniones informativas”, señaló la Corte. 

La Corte dispuso que la Defensoría del Pueblo en Sucre y Bolívar acompañe a las comunidades que hayan sido afectadas por la construcción del Gasoducto, que serían La Rocha (Arjona), tanto en su Consejo Comunitario como en su Cabildo Indígena, Puerto Badel (Arjona), Leticia y Recreo en sus consejos comunitarios (Cartagena), Lomas de Matunilla en su consejo comunitario (Turbana) y Correa (María la baja). 

En igual medida, la Defensoría del Pueblo Regional Sucre, consideró que en la construcción del Gasoducto “se han desconocido comunidades indígenas que habitan el Departamento de Sucre y por las cuales se encuentra el trazado o área de influencia de dicho proyecto, tal y como lo pudimos evidenciar en los municipios de Sincelejo (Cabildo Menor Indígena de San Mateo), Corozal (Cabildo Menor indígena del Mamón y Cabildo Menor indígena de Esmerada Las Tinas), Toluviejo (Cabildo Menor indígena la Unión Floresta, Cabildo Menor indígena la Cigüeñita y Ovejas (Cabildo Menor Indígena Flor del Monte y Cabildo San Rafael de Galapa)”.