Dane e Invima precisan la identificación de licores gravados con impuesto al consumo
sábado, 27 de diciembre de 2025
Según explicaron las entidades, el Código Único garantiza la correcta identificación de los productos, incluso cuando se presentan modificaciones en el registro sanitario
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane, y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, aclararon cómo debe identificarse correctamente el nombre de las bebidas alcohólicas certificadas para efectos del impuesto al consumo y del monopolio de licores.
Esto se basa en el artículo 30 de la Ley 2106 de 2019, que estableció la creación de un Código Único para licores, vinos, aperitivos y similares, definido de manera conjunta por el Dane y el Invima.
Este código, reglamentado mediante la Resolución conjunta 0924 del 20 de agosto de 2020, comenzó a implementarse desde el 20 de noviembre de ese mismo año y permite identificar de forma individual cada bebida alcohólica gravada con el impuesto al consumo.
Esta estructura del código está compuesta por varios segmentos que permiten identificar, de manera jerárquica, las características del producto. En primer lugar del código, cuenta con un componente de clasificación del producto, que identifica el tipo de bebida alcohólica, como licor destilado, vino, aperitivo u otro similar, de acuerdo con las categorías definidas por la normativa vigente.
En segundo lugar, un componente de identificación específica, que diferencia cada producto dentro de su categoría, teniendo en cuenta aspectos como la marca o la denominación comercial registrada.
Además, el código incorpora un elemento de control y trazabilidad, que permite garantizar la individualidad de cada bebida alcohólica, incluso cuando se presentan modificaciones en el registro sanitario expedido por el Invima.
Según explicaron las entidades, el Código Único garantiza la correcta identificación de los productos, incluso cuando se presentan modificaciones en el registro sanitario.
Ante esto, el Dane y el Invima implementaron una estrategia conjunta de intercambio de información que permite actualizar la base de datos cuando se presenten cambios en los registros sanitarios; sin embargo, la actualización del nombre del producto en las certificaciones del Dane solo se realiza una vez al año, antes del 1° de enero, en cumplimiento de la Ley 1816 de 2016.
Por ende, si el nombre de una bebida alcohólica certificado por el Dane no coincide con el que figura en el registro sanitario expedido por el Invima, debe prevalecer el nombre consignado en el registro sanitario.