Decreto de MinTransporte establece tiempo límite para corregir registros de vehículos de carga
lunes, 27 de abril de 2026
Según el documento presentado, la medida cambia un artículo existente e incorpora nuevos apartados dentro de la regulación vigente
El Ministerio de Transporte expidió un decreto que fija un plazo para que los dueños de vehículos de carga con errores u omisiones en su registro inicial puedan resolver su situación; al mismo tiempo modifica y adiciona normas dentro del Decreto 1079 de 2015, que regula el sector transporte.
Según el documento presentado, la medida cambia un artículo existente e incorpora nuevos apartados dentro de la regulación vigente, enfocados en los vehículos de carga que tienen inconsistencias en su registro.
El texto señaló que el transporte es un servicio público que debe prestarse en condiciones de calidad, seguridad y eficiencia, y que el Estado es el encargado de regularlo y supervisarlo.
También aclara que las autoridades deben diseñar políticas para promover el uso adecuado de los medios de transporte, de acuerdo con la demanda.
Por último, en el artículo 4, el decreto establece que entrará en vigencia desde el día siguiente a su publicación y que reemplaza el artículo anterior, además de sumar nuevas disposiciones dentro de la normativa existente.
El documento fue firmado en Bogotá por la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas Mantilla.