Economía

Desde hoy rige un nuevo reglamento de seguridad minera subterránea

Lilian Mariño Espinosa

De acuerdo al decreto 1886 de septiembre 21 de 2015 adoptado por MinMinas, MinTrabajo y MinSalud, además de establecer normas para realizar una actividad segura y llevar a cabo procesos de vigilancia, también se exigirán metodologías de inspección y control más rigurosas que ayudan preservar las condiciones de seguridad en los lugares de trabajo, así como a prevenir y minimizar los accidentes.

"El Gobierno Nacional sigue avanzando en la organización del sector minero con normativas que garantizan la seguridad tanto para los trabajadores como para los titulares. Contar con reglamentos técnicos que regulan la actividad de explotación subterránea fortalece la formalización minera y asegura el mejoramiento de las prácticas de trabajo en todo el país. Estamos haciendo posible una actividad responsable y cuidadosa”, aseguró el ministro de la Cartera, Tomás González Estrada.

Bajo la normativa se responsabiliza al titular minero de implementar y velar porque todos los trabajadores estén afiliados a los sistemas de pensión, salud y riesgos laborales. Además, deberá incluir inspecciones permanentes y mantener un monitoreo continuo del estado de la mina.

Por otra parte, el titular también se comprometerá a realizar mediciones continuas de agentes como el metano y a capacitar a sus trabajadores en las competencias de labores subterráneas.

Finalmente, se deberá definir e implementar un plan de sostenimiento de la explotación, de acuerdo con el estudio aprobado en el Programa de Trabajos y Obras y se implementará un circuito de ventilación forzada que asegure mínimo 19% de oxígeno en la atmósfera del lugar bajo tierra.