Hacienda

Dian aclaró detalles del aumento en tarifa del impuesto de industria y comercio consolidado

@DIANColombia

La entidad precisó que incremento de 10% a 30% establecido por el Distrito de Bogotá es aplicable a algunos contribuyentes del RST

Sara Ibañez Pita

Ante el incremento de PQRs en relación con el cálculo del impuesto de industria y comercio consolidado, Icac, a través del formulario 2593 de anticipo bimestral del Régimen Simple de Tributación, RST, la Dian aclaró que los incrementos en la tarifa definidos por el Distrito de Bogotá no modifican las tarifas del régimen a nivel nacional.

La entidad explicó que el aumento de 10% a 30% establecido por el Gobierno de la capital es aplicable a algunos contribuyentes del RST, específicamente los clasificados en el grupo 3 y grupo 3 SIC que comprenden actividades comerciales al por mayo y al detal, tiendas, minimercados, micromercados y peluquerías.

Asimismo, la nueva tarifa regirá para ciertos servicios y actividades categorizadas bajo códigos DIC que hacen parte del componente del impuesto de industria y comercio consolidado.

Frente a ello, la Dian indicó que la modificación no sube el valor total de anticipo del RST, sino que corresponde con una redistribución interna de los componentes que integran el impuesto. "Una vez esto fue reportado oficialmente por el Distrito, la entidad implementó la parametrización correspondiente en sus servicios informáticos electrónicos", agregó.

Cabe recordar que el Icac es un modelo de pago unificado creado para el régimen simple, con el cual se reemplaza el trámite tradicional y se agrupa en una sola declaración anual (con anticipos bimestrales) el tradicional ICA, el impuesto de avisos y tableros y otras sobretasas bomberiles.

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