Hacienda

Dian ajustó calendario de vencimientos tributarios de julio debido a nuevo festivo

Gráfico LR

Las obligaciones correspondientes ahorá deberán cumplirse del 9 al 24 de julio

Juliana Trujillo Velásquez

La Dian informó a los contribuyentes que debido a la expedición de la Ley 2578 de 2026, mediante la cual se declaró un nuevo día festivo el próximo 13 de julio, se realizaron ajustes a los vencimientos tributarios de julio.

De acuerdo con lo anterior, las obligaciones correspondientes al impuesto nacional al consumo, la segunda cuota del impuesto sobre la renta de personas jurídicas, presentación y pago del anticipo del Régimen Simple de Tributación, el IVA bimestral y retención en la fuente, deberán cumplirse del 9 al 24 de julio.

Según el calendario que dio a conocer la Dian, si el último dígito de su cédula es el 1, el vencimiento será el 9 de julio. El calendario avanza de esa manera progresivamente hasta el 24 de julio, día de vencimiento para las personas cuya cédula termine en 0.

Gráfico LR

 

Adicionalmente, los responsables de los impuestos: bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados, gasolina y Acpm, carbono, IVA para prestadores de servicios desde el exterior y personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa (PES), deben cumplir con estas obligaciones a más tardar el próximo 15 de julio, independientemente del último dígito del NIT.

Finalmente, la entidad recordó a los contribuyentes que deben verificar de manera puntual aquellas fechas que pudieron haber sido impactadas por este ajuste y aclara que los demás plazos establecidos en el calendario tributario vigente se mantienen sin modificaciones.

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