Laboral

Este es el ABC de lo que se ha aprobado hasta ahora de la reforma laboral en Senado

Gráfico LR

El lunes se debatirán los 19 artículos que faltan. De lo discutido, apenas uno fue negado, el 17. Se aprobaron temas de teletrabajo

Lucas Martínez

Durante la semana que acabó de pasar el Senado se centró en debatir la reforma laboral. Una de las apuestas del Gobierno Petro que más vueltas ha dado durante esta legislatura.

El miércoles aprobaron el primer bloque de artículos donde se encontraban los artículos 8, 22, 24, 26, 27, 28, 30, 31, 43, 44, 52, 58, 59, 67, 69, 72 y 73. Mientras que el jueves aprobaron un segundo bloque, compuesto por los artículos 1, 3, 4, 10, 18, 32, 33, 34, 35, 41, 42, 46, 50, 51, 53, 55, 56, 57, 65, 70 y 71, y algunos individuales como lo son el 2, 5, 6, 7, 13, 14, 16, 19, 21, 29, 36, 39, 40, 45, 47, 48, 49 y 60.

En los dos días de votación solo han negado el artículo 17, el cual consistía en una prima legal adicional por crecimiento económico del empleador “cuando este sea superior a 4% respecto del ejercicio económico contable del empleador el año inmediatamente anterior”.

¿Qué se aprobó de la laboral?

Entre los artículos más relevantes que se han aprobado se encuentra el número 16 llamado ‘Obligaciones especiales del empleador’. Allí se especifica que se le deben conceder al trabajador las licencias remuneradas necesarias en casos como: el ejercicio del sufragio, grave calamidad doméstica debidamente comprobada, asistir a citas médicas de urgencia o citas médicas programadas con especialistas, y asistir a obligaciones escolares.

Asimismo, en este artículo se detalla que los empleados de empresas privadas y trabajadores regidos por el Código Sustantivo del Trabajo, podrán acordar con su empleador, un día de descanso remunerado por cada seis meses de trabajo, en el cual certifiquen el uso de bicicletas como su medio de transporte para la llegada y salida del lugar de trabajo.

Por otro lado, el artículo 21 consiste en la experiencia laboral de las personas privadas de la libertad. “Las actividades productivas desarrolladas por la población privada de la libertad serán reconocidas como experiencia laboral previa certificación de las entidades correspondientes”, se lee en la ponencia. Esto sería con el fin de posibilitar el ingreso de ellos al mercado laboral, mitigar la discriminación laboral y disminuir la probabilidad de reincidencia.

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Otro de los artículos que destaca es el número 24, el cual habla sobre los internos de medicina quienes “recibirán remuneración mensual que no podrá ser inferior a un salario mínimo durante el tiempo que dura el Internado Obligatorio Rotatorio el cual será pagado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres”.

Asimismo, hay un grupo de artículos que están relacionados con las plataformas de reparto. En estos se encuentran ‘las definiciones del trabajo en plataformas digitales de reparto’ (artículo 26), ‘las modalidades de trabajo’ (artículo 27), ‘registro de información’ (artículo 28), ‘seguridad social y riesgos laborales’ (artículo 29) y ‘sistema de registro de inscripción de este tipo de empresas’ (artículo 30).

Mientras que el artículo 41 hace ciertas especificaciones sobre los trabajadores migrantes. “El estatus migratorio no será impedimento para la exigencia de las garantías laborales y de seguridad social. Las personas trabajadoras extranjeras sin consideración de su situación migratoria en el país gozarán de las mismas garantías laborales concedidas a las nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución o la Ley”, se lee en la ponencia.

LOS CONTRASTES

  • Antonio SanguinoMinistro de Trabajo

    “El Gobierno tiene toda la disposición de encontrar un proyecto de reforma laboral que sea una reforma como la que votaron más de 11 millones de colombianos cuando eligieron al presidente Petro”.

  • Angélica LozanoSenadora de la República

    “Va a haber reforma laboral, justa, por ley. El decretazo se cae de su peso, es un abuso de poder y tendrá el Presidente que justificar cómo, con una reforma por ley, él va a insistir en violar la Constitución”.

Por su parte, en el artículo 56 se detalla sobre las modalidades de teletrabajo. Estas serían teletrabajo autónomo, teletrabajo móvil, teletrabajo híbrido, teletrabajo transnacional, y teletrabajo temporal o emergente.

El artículo 57 tiene una relación con el anterior, ya que consiste en el auxilio de conectividad. Allí se explica que “el empleador deberá otorgar el reconocimiento de un auxilio de conectividad tanto para teletrabajadores como para teletrabajadoras que devenguen menos de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, esto reemplazará el auxilio de transporte de los trabajadores”. Se especifica que los trabajadores solo tendrán derecho a recibir uno de esos auxilios, independientemente de la modalidad de teletrabajo otorgado.

El lunes se terminaría el debate

Angélica Lozano, presidenta de la Comisión IV del Senado, aseguró que el próximo lunes 16 de junio “nos vamos a tomar todas las horas que sean necesarias. Son seis artículos conflictivos, los mismos que fueron voto a voto en la Comisión IV”.

Entre esos artículos que hacen falta se encuentran algunos como la jornada nocturna y las excepciones que podrían tener las microempresas, jornada máxima legal, lo que sería la semana 4x3, la remuneración de dominicales y festivos y el contrato de aprendizaje del Sena.

“Son 19 artículos los que faltan, estamos bien de tiempo. El lunes por la noche terminaremos de aprobar, así la conciliación sería martes y miércoles, y entre jueves y viernes se ratificaría en ambas Plenarias”, añadió Lozano.

En cuanto al “decretazo” del presidente Gustavo Petro, la senadora dijo que “es un abuso de poder y tendrá el presidente que justificar cómo con una reforma por ley él va a insistir en violar la Constitución”, dijo Lozano.

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