El nuevo régimen laboral está entre el Senado de la República y la consulta popular
viernes, 13 de junio de 2025
La reforma está a muy poco de aprobarse en el Senado, y según el presidente Petro, si esta aprueba sus propuestas originales, terminaría desestimando su llamado a las urnas
Colombia está ad portas de un nuevo régimen laboral que se concreta en medio de un escenario inédito. Mientras el texto de la reforma avanza en el Senado de la República, y solo le falta la conciliación; también hay un Decreto de consulta popular firmado por el presidente Gustavo Petro para aprobar beneficios laborales puntuales.
Como si esto no fuera poco, ambos escenarios, tanto la reforma laboral en el Senado como la consulta popular, enfrentan varias demandas por inconstitucionalidad o ilegalidad.
La discusión se basa en temas, como por ejemplo, si definitivamente la jornada laboral nocturna comenzará a las 7:00 p.m. o por el contrario iniciará a las 6:00 p.m.
Uno de los artículos más importantes que se aprobó tal cual se definió en la Comisión Cuarta es que el contrato de obra o labor tendría un máximo de cuatro años y no de dos.
El cuarto y último debate en la Plenaria del Senado de la reforma laboral en principio aprobó un primer bloque de 17 artículos tal cual como estaban en la ponencia. Dichos artículos fueron el 8, 22, 24, 26, 27, 28, 30, 31, 43, 44, 52, 58, 59, 67, 69, 72 y 73.
Al mediodía de ayer se aprobó otro bloque de 22 artículos. Entre estos estaban el 1, 3, 4, 18, 20, 32, 33, 34, 35, 41, 42, 46, 50, 51, 53, 55, 56, 57, 65, 70 y 71 como venían en la ponencia.
Luego se procedió a votar individualmente los siguientes artículos: 2,5,6,7,13 y 16.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, señaló que 13 proposiciones serían las clave en la discusión. Sobre estas, el titular de la cartera señaló que “un asunto que es de honor, es una causa de los jóvenes y aprendices del Sena, el carácter laboral y la protección de la misma, como institución de formación para el trabajo”.
Sanguino indicó que eliminar el trabajo parcial o por horas, es “una estrategia de precarización laboral” como el Piso de Protección Social.
Artículos aprobados
Entre los artículos que han sido aprobados hasta ahora se encuentra el número 24 en el cual se refieren a los internos de medicina. En la ponencia se define que ellos “recibirán remuneración mensual que no podrá ser inferior a un salario mínimo durante el tiempo que dura el Internado Obligatorio Rotatorio el cual será pagado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres”.
Otro bloque que también se aprobó fue lo relacionado con las plataformas de reparto, donde se define el trabajo de plataformas de reparto (artículo 26), las modalidades de trabajo (artículo 27) y el registro de información de trabajo en estas (artículo 28). Además del sistema de registro de plataformas digitales de reparto fijado en el artículo 30.
El artículo 35 contiene la formalización del trabajo doméstico remunerado, allí se define que “los trabajadores y las trabajadoras del servicio doméstico deben ser vinculadas mediante contrato de trabajo escrito, en cualquiera de sus modalidades respetando las garantías y los derechos a los que haya lugar”. En este artículo también se indica que podrán mantener su afiliación al régimen subsidiado de salud como protección.
Asimismo, en el artículo 56 se detalla sobre la modalidades de teletrabajo (teletrabajo autónomo, teletrabajo móvil, teletrabajo híbrido, teletrabajo transnacional, teletrabajo temporal o emergente).
Mientras que el artículo 57 consiste en el auxilio de conectividad. Allí se explica que “el empleador deberá otorgar el reconocimiento de un auxilio de conectividad tanto para teletrabajadores como teletrabajadoras que devenguen menos de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes, esto reemplazará el auxilio de transporte de los trabajadores”.
Se especifica que los trabajadores solo tendrán derecho a recibir uno de esos auxilios independientemente de la modalidad de teletrabajo otorgado.
Al cierre de esta edición, la Plenaria había aprobado poco más de 60% del articulado, y ya se había declarado en sesión permanente.
¿Por qué Petro firmó decreto de consulta?
En la noche del miércoles el presidente Gustavo Petro dio a conocer que había firmado el decreto de la consulta popularen la cual se retoman algunas de las propuestas que contiene la reforma laboral.Este decreto será revisado por la Corte Constitucional para definir si se lleva a cabo o no. Aun así, Petro señaló que el decreto podría derogarse, dependiendo de lo que se decida en el Congreso mientras se debate el articulado en el Senado.
Es decir, pide que se conserve el texto que fue aprobado en la Cámara de Representantes. El decreto fue firmado por la mayoría de sus ministros, solo faltaron cuatro como la canciller.