Fasecolda advierte un “monopolio estatal” por artículo del Plan Nacional de Desarrollo
miércoles, 22 de marzo de 2023
Un artículo del PND obliga a trabajadores del Estado a afiliarse a la administradora de riesgos de carácter público Positiva Compañía de Seguros S.A
Tras la segunda jornada de debate en el Congreso para la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo, Fasecolda (Federación de Aseguradores Colombianos) lanzó una advertencia sobre una “Posible creación de un monopolio estatal para asegurar a los trabajadores del Estado”.
La Federación asegura que en el texto de la ponencia está el artículo que establece que los trabajadores del sector público deben afiliarse de manera obligatoria a la administradora de riesgos laborales Positiva de Seguros.
Se trata del Artículo 339, que dicta que “Se impone la obligación a todas las entidades y corporaciones del orden nacional, de afiliarse a la administradora de riesgos laborales de carácter público, Positiva Compañía de Seguros S.A”.
El análisis del gremio es que esto se hace “sin darles la posibilidad de considerar otras opciones que ofrece el mercado comprometiendo así elementos estructurales del Sistema General de Riesgos Laborales”.
“Esta norma va en contravía del principio de libre competencias, que rige desde 1990 al mercado asegurador Colombia, pues compromete principios constitucionales fundamentales establecidos en nuestro régimen económico”, advierte la Federación.
Además, se expone que la disposición de obligar la afiliación de un sector específico a una ARL “excluye el ambiente de competencia, en detrimento de la protección que brinda el sistema para empleadores y trabajadores”.
Según explica Javier Almanza, experto en derecho laboral y docente de la Universidad del Rosario, “Se estaría violando si uno de los principios o más bien una de las características fundamentales del sistema que es la libre elección, tanto de aseguradora de riesgo laborales por parte de los empleadores, como de una eventual entidad promotora de salud que pueda escoger el trabajador”.
Además, el experto asegura que “con este Artículo se estaría obligando al empleador estatal a pasar todos los afiliados a esta aseguradora de riesgos laborales desequilibrando desde la óptica de la afiliación el sistema de riego laborales”.
Fasecolda también expone que esta creación de “monopolio estatal” significaría retroceder en el camino que se ha trazado en lo que se refiere a cobertura y calidad en la en la protección de riesgos laborales de todos los trabajadores, a través de la administración público-privada del sistema.
“El monopolio de mercado de seguros fue proscrito desde 1990, cuando se dio la apertura de los mercados, lo que ha contribuido al desarrollo del país en beneficio de todos los colombiano” indica la Federación.
Así mismo, se resalta que la medida generaría perjuicio a la Administradora de Riesgos Laborales del Estado y además va en contra de los lineamientos de la Ocde (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) respecto a las reglas de libre competencia neutras.
Juan Camilo Pardo, Analista de Corficolombiana, explica que la pregunta pertinente en este caso es "si las primas que se cobran por los riesgos laborales ahora por parte del Gobierno son de la misma cuantía en las mismas categorías que por parte de las entidades privadas".
En ese sentido, el experto indica que en caso de que la cuantía por cada categoría sea igual o en promedio similar quizá no habría repercusiones. Ahora bien, el analista destaca que la siguiente pregunta sería "¿qué tan eficiente logra ser esta administradora de riesgos del Gobierno? porque las privadas han demostrado ser buenas, entonces no se sabe si manejado por el ente público el rendimiento sea igual".