Industria

Fenalco dijo que crear “mega sindicatos” aumentaría cargas salariales a Mipymes

@FenalcoNacional

El gremio aseguró que este decreto publicado por MinTrabajo también busca revivir un proyecto que fue negado por el Congreso en el pasado

Bárbara Andreina Orozco Ostos

La semana pasada el Ministerio de Trabajo publicó un decreto en el que haya un ejercicio de negociación colectiva en los niveles superiores de la empresa, es decir que pueden negociar no solo por la empresa sino por el sector en general. Esto despertó el descontento del presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal quien alertó que esta medida representa nuevas cargas salariales significativas para las Mipymes.

Mediante un comunicado advirtió que este decreto plantea la creación de mega sindicatos sectoriales con capacidad de negociar condiciones laborales para sectores económicos completos. “En la práctica, esto implicaría que acuerdos alcanzados en una negociación colectiva podrían aplicarse a empresas que no participaron en ella, obligándolas igualmente a cumplir con las condiciones pactadas”.

“Esta medida podría representar nuevas cargas salariales significativas para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), que tendrían que asumir obligaciones derivadas de negociaciones en las que no tuvieron representación directa”, explicó.

¿Qué dice el decreto?

Este decreto, de acuerdo con el Gobierno, busca que se escuchen las partes y se lleguen a consensos que permita lo mejor para el sector y por supuesto para las empresas involucradas. Además, establece que las convenciones colectivas sectoriales serán obligatorias para todos los empleadores y trabajadores del nivel correspondiente.

“Las partes gozan de libertad de regular mediante convenciones colectivas de niveles superiores a la empresa, cualquier tema relativo a las condiciones de trabajo y de empleo y las relaciones entre ellas, dentro de los límites legales. En ningún caso podrán pactarse cláusulas discriminatorias, ni disposiciones que desconozcan la libertad sindical, el fuero sindical u otros derechos fundamentales, ni que contraríen el piso mínimo de protección fijado por la ley o por una convención colectiva de ámbito superior aplicable”, se lee en el decreto.

Este apartado también cuenta con especificaciones para las Mipymes, entre ellas, que cuando en el sector de negociación exista una participación significativa de estas empresas, la convención colectiva deberá prever obligatoriamente capítulos o regímenes diferenciales.

Por ejemplo, el decreto establece que hay obligaciones económicas que deben tenerse en consideración, y no podrán imponerse si estas comprometen la sostenibilidad financiera de estas empresas.

Otro de los puntos resaltantes es que cuando existan varios sindicatos o empleadores en un mismo sector, la negociación deberá realizarse en una sola mesa con un pliego unificado y con representación proporcional de las organizaciones sindicales.

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