Gobierno definió lineamientos para integrar sistemas de almacenamiento de energía
martes, 14 de abril de 2026
Vía decreto se incluyeron lineamientos que responden a la creciente necesidad de flexibilizar la operación del sistema eléctrico
El Gobierno Nacional, mediante el decreto 0393 de 2026, estableció los lineamientos de política pública para la incorporación de los Sistemas de Almacenamiento de Energía, SAE, en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, y en las Zonas No Interconectadas, ZNI.
La medida, adoptada mediante la adición de una nueva sección al Decreto 1073 de 2015, busca habilitar tanto la incorporación como la remuneración de estas tecnologías, en el marco de la transición energética justa.
De acuerdo con el articulado, el objetivo central es facilitar el uso de infraestructura capaz de almacenar energía , por ejemplo, en baterías u otros sistemas, para luego reinyectarla al sistema eléctrico cuando sea necesario. En el documento se argumenta que esto permitirá mejorar la confiabilidad del servicio, especialmente en momentos de alta demanda o baja generación.
La norma establece que podrán participar entidades públicas y privadas, así como agentes del Mercado de Energía Mayorista y operadores en Zonas No Interconectadas que estén interesados en desarrollar este tipo de proyectos.
Y se define que "el Ministerio de Minas y Energía en coordinación con la Upme determinará la ubicación, las condiciones técnicas y los servicios para prestar por los Sistemas de Almacenamiento de Energía, SAE, en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, y en los Zonas No Interconectadas, ZNI, propendiendo por una planeación eficiente del sistema".
En contraparte, los Operadores de Red, OR, en el marco de sus competencias, deberán determinar la necesidad y la ubicación de los sistemas SAE, para que mediante solicitud sean presentados ante la cartera y ante la Upme.
De acuerdo con el documento, la inclusión de estos lineamientos responde a la creciente necesidad de flexibilizar la operación del sistema eléctrico, en un contexto en el que la participación de fuentes renovables variables, como la solar y la eólica, ha venido aumentando. En ese sentido, los sistemas de almacenamiento se perfilan como una herramienta clave para gestionar la intermitencia y garantizar la estabilidad del suministro.
Finalmente, se determina que la Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg, y demás entidades del sector energía deberán tomar medidas para adecuar la normatividad existente en un plazo máximo de 12 meses.
En caso de que las entidades no cumplan en el plazo indicado, el Ministerio podrá expedir
transitoriamente la reglamentación necesaria para la operatividad de los SAE, en coordinación con las entidades adscritas o vinculadas de su sector, hasta tanto dichas entidades emitan la normatividad de su competencia.