Educación

Gobierno expidió decreto que modifica jornada escolar y ajusta permanencia docente

Gobierno expidió decreto que modifica jornada escolar y ajusta permanencia docente
Colprensa

De acuerdo con el decreto, los estudiantes de educación básica primaria deberán cumplir 25 horas semanales y 1.000 horas anuales

Valentina Sánchez Forero

El Gobierno Nacional emitió el Decreto 0277 de 2025, con el cual se introducen modificaciones a la jornada escolar en los establecimientos educativos del país. La nueva normativa ajusta la carga académica, establece una permanencia docente de seis horas continuas en la institución y redefine las intensidades horarias para cada nivel educativo.

De acuerdo con el decreto, el horario de la jornada escolar será definido por el rector o director de cada institución al inicio del año lectivo, en concordancia con las normas vigentes, el Proyecto Educativo Institucional, PEI, y el plan de estudios. Además, se mantiene el cumplimiento de las 40 semanas lectivas establecidas por la Ley 115 de 1994 y los calendarios académicos de cada entidad territorial certificada.

Las intensidades horarias mínimas semanales y anuales fueron definidas de la siguiente manera: los estudiantes de educación básica primaria deberán cumplir 25 horas semanales y 1.000 horas anuales; los de básica secundaria y media académica, 30 horas semanales y 1.200 horas anuales; mientras que los de media técnica contarán con 37 horas semanales y 1.480 horas anuales.

Uno de los cambios más relevantes es la inclusión del descanso pedagógico dentro del horario de clases. Según el decreto, este consiste en una actividad pedagógica integrada al currículo escolar, destinada a promover el bienestar de los estudiantes. Para ello, se destinarán cinco minutos de cada período de 60 minutos en la asignación académica. "Los establecimientos educativos son garantes del bienestar de los estudiantes, por lo que este tiempo de descanso se incorpora dentro de la jornada escolar sin afectar la intensidad horaria", establece el decreto.

En cuanto a los docentes, la normativa dispone que su asignación académica semanal dependerá del nivel educativo en el que trabajen. Para preescolar, la carga será de 20 horas semanales; para básica primaria, 22 horas; y para secundaria y media, 22 horas. Además, se establece que aquellos docentes especializados en educación preescolar y primaria podrán tener una asignación menor si la institución lo requiere para fortalecer los procesos de enseñanza y aprendizaje.

El Decreto 0277 también modifica la jornada laboral de los docentes en los establecimientos educativos estatales. A partir de su implementación, los maestros deberán cumplir una jornada de ocho horas diarias, de las cuales seis deberán ser de permanencia continua en la institución. "El tiempo restante se dedicará autónomamente a actividades propias del cargo, sin que esto implique una ampliación del tiempo en la institución", indica el documento.

Para los docentes orientadores y de apoyo pedagógico, la permanencia también será de seis horas continuas dentro de la institución, mientras que las dos horas restantes estarán destinadas a actividades de planeación institucional. En los colegios con doble jornada, los docentes deberán cumplir su tiempo de permanencia en la mañana o en la tarde, sin afectar su asignación académica.

El decreto establece que los directivos docentes, rectores y coordinadores distribuirán su jornada laboral de ocho horas diarias entre las diferentes sedes de sus instituciones educativas, de manera que puedan cumplir con sus responsabilidades administrativas y académicas sin alterar el servicio educativo.

El Decreto 0277 de 2025 entrará en vigencia a partir de su publicación y será de obligatorio cumplimiento en todos los establecimientos educativos estatales del país.

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