Gobierno lanzó una subasta de energía a largo plazo para blindar el sistema eléctrico
miércoles, 22 de abril de 2026
La resolución establece que los precios de los contratos se actualizarán con el Índice de Precios del Productor, lo que permite mantener su valor en términos reales a lo largo del tiempo
El Ministerio de Minas y Energía, en cabeza de Edwin Palma, publicó una resolución que busca convocar y establecer un mecanismo de contratación a largo plazo de energía eléctrica.
Se trata de una serie de medidas orientadas a asegurar el suministro de energía en el país, reduciendo el riesgo de que la demanda quede expuesta a la volatilidad de precios en bolsa y a posibles déficits desde 2027 en adelante. Además, la iniciativa apunta a promover la incorporación de energías renovables y a diversificar la matriz energética.
Las condiciones de la subasta de energía que define la resolución se centran en cómo se contrata, quién participa y bajo qué reglas se adjudican los contratos.
Respecto al tipo de mecanismo, se trata de una subasta de contratos de energía a largo plazo bajo el esquema “pague lo contratado” (pay as bid, por sus siglas en inglés), en la que cada agente recibe el precio que ofertó.
Los contratos tendrán una duración de 15 años y comenzarán, en general, el 1 de enero de 2030, con una opción adicional para algunos contratos que arrancan en 2035.
El MinEnergía definió que podrán participar tanto generadores y autogeneradores como vendedores, así como comercializadores como compradores, siempre que cumplan requisitos técnicos, legales y financieros.
La resolución contempla cuatro tipos de contratos según el perfil horario de entrega: el primero corresponde a energía constante durante todo el día; el segundo, a energía solar en horas diurnas; el tercero, a bloques combinados de día y tarde; y el cuarto, a energía en horas pico nocturnas.
El documento establece que los compradores ofertan cantidad y precio máximo que están dispuestos a pagar, mientras que los vendedores ofertan cantidad y precio mínimo al que están dispuestos a vender. Además, cada vendedor presenta una sola oferta por producto.
Estas dos figuras establecen los límites de precios que fija la resolución. Por un lado está el precio máximo de compra, que es el valor más alto que un comprador está dispuesto a pagar por la energía. Cualquier oferta que supere ese límite no es tenida en cuenta en la subasta.
Por otro lado, el precio mínimo de venta es el valor más bajo al que un generador puede ofrecer su energía. Si una oferta de venta está por debajo de ese umbral, también es rechazada.
Estos límites funcionan como filtros para evitar precios extremos y garantizar que la adjudicación se dé dentro de "rangos económicamente viables".
Adicionalmente, la resolución establece que los precios de los contratos se actualizarán con el Índice de Precios del Productor, IPP, lo que permite mantener su valor en términos reales a lo largo del tiempo. Asimismo, la adjudicación se realizará mediante un mecanismo competitivo que busca eficiencia económica y, en caso de empate en precios, se definirá por el orden de llegada de las ofertas.
El Gobierno aseguró que esta medida se da por la necesidad de cerrar una brecha futura entre la energía contratada y la demanda proyectada, con el fin de garantizar la confiabilidad del sistema eléctrico y reducir la exposición de los usuarios a aumentos abruptos en los precios.