Hacienda

Gobierno ofrece beneficios tributarios para atraer inversión a zonas afectadas por el terremoto

Gráfico LR

Para 2026 y 2027, las empresas podrán pagar una tarifa de 20% en su renta sobre las ganancias que estén directamente relacionadas con el proyecto de inversión aprobado

Juan Diego Murcia

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El Gobierno De la Espriella expidió el Decreto 1413 del 17 de septiembre de 2026, con el que busca incentivar la llegada de inversión privada a los municipios afectados por el terremoto del pasado 10 de agosto.

La norma establece un abanico de beneficios tributarios para las empresas que hagan nuevas inversiones en estas zonas, con la condición de que cumplan requisitos de inversión, generación de empleo y ejecución de los proyectos.

El beneficio más importante está en el impuesto de renta. Para 2026 y 2027, las empresas podrán pagar una tarifa de 20% sobre las ganancias que estén directamente relacionadas con el proyecto de inversión aprobado. Esa tarifa podrá bajar hasta 15% si la empresa genera nuevos empleos.

Gráfico LR

La reducción dependerá del número de trabajadores contratados. Por cada 250 empleos directos nuevos y acreditados, la tarifa bajará un punto porcentual. Así, una empresa que genere 500 empleos podría llegar a una tarifa de 18%, mientras que con 1.250 nuevos puestos alcanzaría el límite de 15%.

El decreto también permite una depreciación acelerada de los activos productivos vinculados a estos proyectos. Durante 2026 y 2027, podrán depreciarse fiscalmente a una tasa anual de 50%.

A esto se suma una exención de IVA para la importación de materias primas, insumos y bienes de capital indispensables para los proyectos, siempre que no exista producción nacional equivalente y que los bienes sean destinados exclusivamente a la inversión aprobada.

¿Cuánto debe invertir una empresa?

No cualquier inversión podrá acceder a estos beneficios. El decreto establece que las nuevas inversiones deberán ser de al menos 950.000 UVT para el sector turismo (unos $49.800 millones), 1,1 millones de UVT para agroindustria y construcción (unos $57.600 millones) y 2,35 millones de UVT para industria manufacturera y servicios (unos $123.1000 millones). Estos valores se calculan con una UVT de $52.374 para 2026.

Además, se debe tratar de una inversión nueva. El decreto no permite utilizar activos que la empresa ya tenía y presentarlos como una nueva inversión para obtener los beneficios. También exige que el proyecto sea calificado por el Ministerio de Comercio y que la empresa pueda demostrar cuánto invirtió, qué activos adquirió y cuáles fueron las rentas generadas.

El proyecto deberá comenzar dentro de los 12 meses siguientes a la declaratoria de emergencia y tendrá un plazo máximo de tres años gravables para ejecutar la inversión comprometida.

Los incentivos son temporales. La tarifa especial de renta, la depreciación acelerada y la exención de IVA estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2027.

Si una empresa incumple las condiciones, simula inversiones, utiliza activos preexistentes o entrega información falsa, podrá perder los beneficios y quedar expuesta a las sanciones tributarias correspondientes. La Dian tendrá facultades para verificar las inversiones y la generación de empleo.

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