Hacienda

La cascada de impuestos que deja la emergencia económica declarada por el Gobierno

Los decretos del Ejecutivo revivieron algunos gravámenes que había hundido la Corte Constitucional, como el impuesto a los juegos de suerte y azar

David Alejandro Realpe Iregui Juan Diego Murcia

Una nueva cascada de decretos cayó como un baldado de agua fría para el empresariado. En la noche del jueves, el Gobierno Nacional publicó siete documentos que resucitan algunos impuestos que el Congreso ya había tumbado y que la Corte Constitucional tiene suspendidos.

La industria de juegos de azar, la banca y el sector minero energético son, probablemente, los más afectados por las medidas anunciadas desde que se declaró la emergencia económica por la tragedia en Córdoba y otros siete departamentos.

La primera de las medidas se relaciona con el impuesto al patrimonio para personas jurídicas, un gravamen prácticamente inexistente en el mundo. La tarifa diferencial es de 1,6% para los sectores financiero y minero energético, y de 0,5% para las empresas con patrimonio líquido de más de 200.000 UVT con corte al 1 de marzo, equivalente a unos $10.474 millones.

Las empresas están preocupadas por la inminencia de este pago, pues quedan menos de tres semanas para que unas 15.000 compañías hagan el primer desembolso, que equivale a la mitad del impuesto, el próximo 1 de abril. El otro 50% deberá pagarse el 4 de mayo.

Pero, por si fuera poco, los nuevos decretos hicieron una modificación a este impuesto. Ahora se incluyen como contribuyentes las sucursales y establecimientos permanentes de empresas extranjeras con patrimonios líquidos de $10.474 millones. La causación para estos nuevos sujetos es el 31 de marzo de 2026 y los pagos deberán presentarse el 30 de abril y el 1 de junio de este año.

LOS CONTRASTES

  • Lisandro JuncoExdirector de la Dian

    “El Gobierno revive el impuesto nacional al consumo para los juegos de suerte y azar por internet o digitales, un tema que se ha discutido ampliamente en el Congreso y que esa corporación ha rechazado”.

  • Juan Guillermo RuizSocio de Posse Herrera Ruiz

    “Si se devuelve el dinero depende de la manera como la Corte module el fallo. Si lo hace de cara al futuro, no se devolverá lo pagado. Si lo modula de forma retroactiva, habría que devolverlo”.

Algunas de estas medidas están en manos de la Corte Constitucional, tribunal que definirá si se devuelve o no el dinero en caso de que la emergencia sea declarada inconstitucional.

“Eso depende de la manera como la Corte module el fallo. Si lo modula hacia el futuro no se devuelve lo pagado. Si lo modula de forma retroactiva, habría que devolverlo”, explicó Juan Guillermo Ruiz, socio de Posse Herrera Ruiz.

La resurrección de impuestos

Lisandro Junco, exdirector de la Dian, aseguró a La FM de RCN que el Decreto 0240 es el más problemático de todos los que se expidieron. “Para explicarlo ante la opinión pública, se puede dividir en cuatro bloques. El primero revive el impuesto nacional al consumo para los juegos de suerte y azar por internet o digitales, un tema que se ha discutido ampliamente en el Congreso y que esa corporación ha rechazado por razones técnicas”, afirmó.

Dicho decreto crea un nuevo impuesto nacional al consumo de 16% sobre los juegos de suerte y azar operados por internet. Este se cobrará sobre el depósito de dinero que realiza el usuario para apostar y la base gravable corresponderá al ingreso bruto del juego, es decir, el total de las apuestas menos los premios pagados. Esta medida aplicará solo durante este año.

Los beneficios tributarios

El segundo bloque son las rebajas de sanciones e intereses, que funcionan como mecanismos de alivio para los morosos de la Dian, pero que también son facultades propias del Congreso. “Si una persona paga hoy con estos beneficios, entraría en un escenario de inseguridad jurídica, porque la Corte Constitucional deberá revisar si estas reducciones son procedentes o no”, explicó Junco.

Se crea un alivio tributario temporal para obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias. La medida aplica a deudas en mora al 31 de diciembre de 2025. Para acogerse, los contribuyentes deben pagar 100% de la obligación principal; los intereses se liquidarán con una tasa de 4,5% y solo se pagará 15% de las sanciones. El plazo para acceder a este beneficio es hasta el 30 de abril de 2026.

Una amnistía parcial

El último punto es la creación de un impuesto temporal de normalización tributaria de 19%, para personas que tienen activos ocultos, subvalorados o inexistentes, una medida que también corresponde al Congreso.

Para Natalia González, abogada tributarista de Foccus Consultores, explicó que el impuesto de normalización tributaria funciona, en la práctica, como una amnistía para sanear activos no declarados o pasivos inexistentes. “A lo largo de los años, los gobiernos han utilizado este mecanismo para que los contribuyentes del impuesto de renta, tanto personas naturales como jurídicas, regularicen su situación fiscal cuando tienen activos omitidos o pasivos que realmente no existen”.

Junco concluyó que en tres de los cuatro bloques o medidas se pasan por alto decisiones de la Corte Constitucional. “El alto tribunal suspendió el impuesto a los juegos de azar por internet, los mecanismos de alivio con la Dian y el impuesto de normalización. Lo que hacen ahora es modificar ligeramente tasas o cifras para intentar evadir esa decisión”, dijo.

Gravamen de 16% a las apuestas en línea e impuesto al patrimonio

El Gobierno volvió a poner los ojos en los juegos de azar e impuso un gravamen de 16% para los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet. La base gravable corresponderá al ingreso bruto del juego, es decir, el total de las apuestas menos los premios pagados en cada periodo, y se aplicará durante 2026. Por su parte, se hizo un ajuste al impuesto al patrimonio al incluir como contribuyentes a las sucursales y establecimientos permanentes de empresas extranjeras. “Es un precedente peligroso que el Decreto 0240 convierta la excepcionalidad en un atajo”, aseguró María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara Colombo Americana, AmCham. Este nuevo impuesto aplica para patrimonios líquidos iguales o superiores a 200.000 UVT ($10.474 millones) y deberá declararse la primera mitad máximo hasta el 30 de abril.

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Gobierno Nacional decretó una adición al PGN de $8,6 billones

En el Decreto 0241, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se aprobó una adición al Presupuesto General de la Nación por $8,6 billones. Entre las razones del decreto se explica que “las entidades que hacen parte del PGN que deben adoptar medidas para conjurar la crisis han identificado necesidades de gasto que ascienden a $8,6 billones”. Los recursos se distribuirán de la siguiente manera: $6,3 billones se destinarán a la Ungrd; $878.587 millones irán al presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Hacienda; y al Ministerio de Defensa se le aprobó una adición de $253.994 millones. La Defensa Civil Colombiana recibirá $20.000 millones, mientras que la Policía Nacional contará con $5.900 millones. Por su parte, el Ministerio de Salud recibirá $117.645 millones para funcionamiento y $337.625 millones para inversión.

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Suspensión del cobro de gas a usuarios de la emergencia

El sector energético también contará con un apoyo en medio de la emergencia económica que afecta al país. En este contexto, se establecieron medidas para garantizar el suministro de energía eléctrica y gas combustible en las principales zonas impactadas, así como la suspensión del cobro del servicio de gas a los usuarios afectados. Además, los prestadores deberán implementar facilidades de pago para los usuarios de estratos uno y dos por un periodo de 12 meses. En caso de que existan daños en las viviendas o en la infraestructura, estas facilidades podrán extenderse entre 12 y 36 meses. “La cartera de Energía establecerá los lineamientos para la contratación y ampliación de la oferta de gas natural por productores y comercializadores de gas importado”, se lee en el documento.

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Flexibilidad financiera a departamentos afectados

A los departamentos directamente afectados se les otorgó flexibilidad fiscal, financiera y presupuestal. Esto se estableció mediante un acto administrativo “por el cual se otorgan facultades a gobernadores y alcaldes de las zonas afectadas”. Entre las medidas se incluye la posibilidad de modificar la destinación de recursos en las arcas de estas entidades territoriales, contratar créditos para atender insuficiencias de caja, diferir el pago de tributos e ingresar 100% de la sobretasa aplicada al diésel. Además, se habilitan créditos de tesorería para las entidades territoriales y sus descentralizadas. Estos no podrán exceder 15% de los ingresos corrientes del año fiscal en que se contraten y deberán pagarse, junto con intereses y otros cargos financieros, antes del 31 de diciembre de la vigencia fiscal siguiente.

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Respaldo de hasta 90% de créditos nuevos a afectados

El Gobierno autorizó al Fondo Nacional de Garantías y al Fondo Agropecuario de Garantías a respaldar hasta 90% de nuevos créditos, siempre que el monto de los préstamos no supere 120 salarios mínimos mensuales. Esta medida busca facilitar el acceso a financiamiento en medio de la coyuntura económica, con la condición de que la tasa de interés no exceda el Indicador Bancario de Referencia más seis puntos porcentuales. Además, el decreto establece que, para micro, pequeñas y medianas empresas, Bancóldex podrá otorgar créditos directos con una tasa de interés de 0%. Sin embargo, también advierte que si el beneficiario incumple las condiciones pactadas perderá automáticamente todos los beneficios otorgados y el crédito pasará a regirse por condiciones de mercado.

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Ampliación de la atención alimentaria en cabeza del DPS

En el frente social, bajo la coordinación del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, DPS, se implementarán acciones extraordinarias para ampliar la atención alimentaria. Estas incluyen transferencias monetarias extraordinarias orientadas a proteger el mínimo vital de los hogares damnificados; apoyos de atención alimentaria y acceso a agua segura para enfrentar el hambre y la escasez derivadas de la emergencia; y ayudas temporales para la recuperación básica de unidades productivas y de la economía popular, con el fin de restablecer los medios de vida afectados. Cabe resaltar que los actos administrativos de carácter general “serán remitidos por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social al Consejo de Estado dentro de las 48 horas siguientes a su expedición”.

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Devolución de IVA a diplomáticos en el país

El Gobierno también actualizó el procedimiento para devolver el Impuesto sobre las Ventas, IVA, y el Impuesto Nacional al Consumo pagados por diplomáticos, organismos internacionales y misiones diplomáticas y consulares en el país. La norma sustituye el capítulo correspondiente del decreto tributario único con el fin de ajustar el proceso de devolución. Entre los principales cambios se destaca la creación de un mecanismo de reintegro automático a través de entidades financieras. Cuando las compras se realicen con tarjetas débito, crédito u otros medios electrónicos administrados por entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, la Dian podrá validar la información de la factura electrónica y efectuar el reintegro del impuesto directamente a la cuenta del titular del medio de pago.

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