La defensa jurídica de Odebrecht para mantener proyectos nacionales
sábado, 9 de abril de 2016
David "Chato" Romero
La compañía, que tiene participación en proyectos como Ruta del Sol sector 2 y el proyecto de navegabilidad del Río Magdalena, acudió al concepto de tres juristas colombianos (el abogado Jaime Lombana Villalba, el exprocurador Jaime Bernal Cuellar y el exconsejero de Estado Ricardo Hoyos) para argumentar que no es aplicable la inhabilidad por la condena a 19 años de prisión de Marcelo Odebrecht, expresidente de la constructora.
Los documentos, que conoció LR, muestran que, según Lombana el concepto de la Sala de Consulta tiene “equivocaciones dogmáticas, violaciones a normas rectoras de derecho penal y contradicciones” debido a que se incluye como argumento la decisión de un sistema judicial extranjero. La fecha de realización del concepto es el diez de agosto de 2015, 16 días después que el Gobierno Nacional le elevará la consulta al Consejo de Estado.
Por su parte, Ricardo Hoyos realizó dos concepto (uno el 24 de julio de 2015 y una actualización el 18 de marzo de 2016. En los textos manifiesta que “no es posible afirmar que la inhabilidad prevista en el artículo 31 de la Ley 1778 se extiende a las condenas penales impuestas en el exterior”.
Hoyos agregó que en caso de ser admitida esta inhabilidad (por parte del Gobierno Nacional) “Marcelo Odebrecht no es administrador, representante legal, miembro de junta directiva o socio controlante de las sociedades del grupo Odebrecht que tienen contratos suscritos con el Estado. Por lo tanto, la inhabilidad no se aplicaría”.
Y en cuanto al exprocurador Bernal Cuellar, quien realizó tres conceptos (5 de agosto de 2015, 8 y 16 de marzo de 2016) considera que la inhabilidad “solo puede configurarse cuando se trata de conductas ocurrida en territorio colombiano”.
Sin embargo, hay una diferencia entre su concepto de 2015 con el de 2016. “El punto de desacuerdo es la aplicación de la inhabilidad (...) porque en el concepto del Consejo de Estado sostiene que las sentencias condenatorias proferidas en el exterior pueden dar lugar a la consolidación de la inhabilidad. En mi opinión, la inhabilidad solo puede surgir cuando la sentencia se produce en Colombia”.
LR contactó al secretario de Transparencia de la Presidencia de la República, Camilo Enciso, quien señaló que “la interpretación del Consejo de Estado y de como se aplica en Colombia está siendo revisado por una mesa interinstitucional (conformada por la Presidencia de la República, ANI, Ministerio de Transporte, Cormagdalena) donde analizamos los alcances. Sin embargo, aún no se ha tomado ninguna decisión”.
Y el estudio se está realizando con pinzas debido a la inversión que está en juego en los proyectos de infraestructura.
La lupa está puesta en el 11 de mayo
Corren los días para que la firma brasileña consiga los recursos y el acompañamiento del sector financiero para la navegabilidad del Río Magdalena. Ya la semana anterior el vicepresidente de la República, Germán Vargas Lleras, dijo que el 11 de mayo era el último plazo que tenía Odebrecht para presentar la documentación completa y así hacer el cierre financiero. Las dificultades han surgido por la desconfianza de las entidades de girar recursos. De hecho, la Financiera de Desarrollo Nacional, expresó que al igual que en el resto de bancos existe preocupación por los hechos de Brasil.
La opinión
Camilo Enciso
Sec. de transparencia de la Presidencia
“Por ahora, estamos revisando el tema y lo trabajamos con prudencia porque requiere un análisis de las normas y una verificación de hechos”.