Salud

La Ley de Rescate Económico traerá algunos cambios en la cotización al sistema de salud

Gráfico LR.

El aporte a cargo del empleador se mantendría en 8,5%, mientras que el porcentaje correspondiente al empleado variaría entre 4% y 8%

Cristian Acosta Argote

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Uno de los cambios que trajo la Ley de Rescate Económico es el tema en salud. A partir del 1 de enero de 2027, la cotización al Régimen Contributivo de Salud tendría cambios en Colombia, de acuerdo con el artículo 21 de la propuesta de ajuste al sistema. La iniciativa establece porcentajes progresivos para los aportes de trabajadores dependientes e independientes, según sus ingresos medidos en salarios mínimos legales mensuales vigentes, Smlmv.

Para los trabajadores dependientes, el aporte a cargo del empleador se mantendría en 8,5%, mientras que el porcentaje correspondiente al empleado variaría entre 4% y 8%. Quienes reciban hasta dos salarios mínimos continuarían con una cotización de 4%. Para los ingresos superiores a dos y hasta cuatro salarios mínimos, el aporte subiría a 5,5%; entre más de cuatro y cinco salarios mínimos sería de 6%; y para quienes ganen más de cinco y hasta 10 salarios mínimos llegaría a 6,5%.

La tabla también contempla una cotización de 7% para los trabajadores con ingresos superiores a 10 y hasta 15 salarios mínimos; de 7,5% para quienes reciban más de 15 y hasta 20 salarios mínimos, y de 8% para los ingresos superiores a 20 y hasta 25 salarios mínimos. La cotización se calcularía sobre el ingreso o salario base de cotización, que no podría ser inferior a un salario mínimo.

En el caso de los trabajadores independientes, el aporte a salud también aumentaría de manera progresiva. Para quienes tengan ingresos de hasta dos salarios mínimos, la tarifa sería de 12,5%. A partir de ese nivel, el porcentaje subiría a 13% para ingresos superiores a dos y hasta cuatro salarios mínimos; 13,5% para más de cuatro y hasta cinco; y 14% para más de cinco y hasta 10 salarios mínimos.

Para los independientes con ingresos superiores a 10 y hasta 15 salarios mínimos, la cotización sería de 14,5%; para quienes reciban más de 15 y hasta 20 salarios mínimos, de 15%, y para los ingresos superiores a 20 y hasta 25 salarios mínimos, alcanzaría 15,5%.

El articulado también establece que 1,5% del total de la cotización podrá destinarse a financiar a los beneficiarios del régimen subsidiado. Además, contempla ajustes para los regímenes especiales y de excepción: el aporte a cargo del empleador se mantendría en 1,5%, mientras que el de los trabajadores aumentaría 1,5 puntos porcentuales para salarios superiores a dos y hasta tres salarios mínimos, y 2,5 puntos porcentuales para aquellos que superen los tres salarios mínimos.

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