Economía

Las Esal no son solo iglesias, fundaciones y asociaciones

Daliana Garzón Ortegón

Las Esal no tienen ningún tipo de tributación

Falso. Uno de los comentarios más frecuentes es que las entidades sin ánimo de lucro no pagan impuestos, lo que resulta ser falso, ya que estas tienen una tributación especial, por lo que en el caso de las cooperativas y asociaciones mutuales se debe destinar 20% del beneficio neto a la educación formal, de no ser así tendrá el carácter de gravable. Fundaciones y demás Esal pagan IVA, retefuente y otros impuestos. 

Entidades Sin Ánimo de Lucro son solo iglesias y fundaciones

Falso. En general las personas creen que las Entidades Sin Ánimo de Lucro son solo las iglesias y fundaciones, lo que es incorrecto, ya que el Gobierno considera Esal también a las cooperativas, asociaciones mutuales, fondos de empleados, asociaciones, corporaciones, cultos y religiones, entidades que tiene como objetivo principal contribuir a la sociedad en diferentes aspectos y no buscar un interés económico para las mismas. 

El beneficio neto o excedente sí se reinvierte

Verdad. En el caso de las cooperativas y mutuales deben destinar 20% de los excedentes para el Estado, quien definirá a que rubro destinar este dinero, que a la fecha va directamente a la educación formal y se ha contribuido hasta con $70.000 millones para este tema, y en el caso de las fundaciones, cultos y religiones reinvierten el total de sus excedentes en el objeto social, entre los que se encuentra salud, actividades culturales, ciencia, tecnología e innovación.

Los directivos de las Esal ganan salarios muy altos

Falso. De acuerdo con la reforma Cárdenas el presupuesto destinado a remunerar a las personas que ejercen cargos directivos y gerenciales de las entidades contribuyentes “de que trata el artículo 19 del Estatuto, no podrá exceder de 30% del gasto total anual de la respectiva entidad”. Lo que significa que será un sueldo correspondiente al objetivo de las Entidades Sin Ánimo de Lucro y no un salario exagerado, que va en contra de sus principios.

Las fundaciones y asociaciones no son vigiladas

Falso. Las Esal sí son vigiladas, pero su regulador se define con base a las actividades a las que se dedique, en el caso de las cooperativas de ahorro y crédito, estas son vigiladas por la Superintendencia de la Economía Solidaria, las personas jurídicas sin ánimo de lucro que realizan actividades de captación y colocación de recursos financieros son vigiladas por Superfinanciera y hay otras sociedades que son reguladas por la Supersociedades. 

Las Esal pueden tener régimen especial por su objeto social

Falso. Las Entidades Sin Ánimo de Lucro deben hacer un proceso de acceso al régimen tributario especial y será la Dian quien autorice a la entidad para obtener el beneficio tributario. La reforma Cárdenas dice también que la Dian puede retirar del régimen tributario especial a estas entidades al evidenciar un incumplimiento de cualquiera los requisitos exigidos. Si cumplen con los requisitos podrán tener la tributación especial.

¿Las esal se utilizan para evadir impuestos?
Según Carlos Acero, presidente de Confecoop, uno de los problemas de las sociedades sin ánimo de lucro es que, en algunas ocasiones, son utilizadas para deducir impuestos, ya que no existe, hasta el momento, un fuerte control sobre las más de 76.000 Esal que están registradas en este momento con el régimen Tributario Especial.  Según expertos consultados por LR, a la Dian le queda muy complicado tener un control efectivo sobre todas estas entidades, por lo tanto, y en línea con la reforma del ministro Cárdenas, es necesario ejercer más control en el registro de estas entidades, para que solo las que verdaderamente cumplen un objeto social sean beneficiarias de la exención sobre el impuesto de renta que fija el régimen especial.  Por lo tanto, en la reforma tributaria se incluye que ahora las Esal deban registrarse ante cámaras de comercio y ante la Dian, para poder ejercer una vigilancia efectiva y que no sean utilizadas como forma de evasión. 

Glosario

Fundación: es un establecimiento creado con el objetivo de contribuir con una causa social, razón por la que es considerada una Esal.

Régimen especial: hace referencia a aquellas entidades o personas que tienen un beneficio tributario, es decir, que pagan menos impuestos.

Supersolidaria: es una entidad reguladora que se encarga de vigilar entidades como las cooperativas de ahorro y crédito.

Culto: es la manifestación e inclinación por cierta tendencia religiosa, que congrega a una comunidad.